La Formación profesional en España está experimentando un auge vertiginoso desde el año 2022 que se aprobó la Ley Orgánica 3/2022, de Ordenación e integración de la Formación profesional. Se ha convertido en una pieza fundamental del sistema educativo a la que, cada año, se matriculan un mayor número de personas. 

Además, no son solo los jóvenes los que desean incorporarse al mercado laboral de forma más rápida, sino también personas ocupadas y desempleadas. 

La necesidad de impulsar un Plan de Modernización de la Formación Profesional vino como consecuencia de: 

  • los desajustes existentes en la cualificación profesional, 
  • la necesidad de su adaptación a la realidad actual del mercado laboral, 
  • la necesidad de actualización de la normativa y 
  • de unificar ambos sistemas de FP: el educativo y el profesional para el empleo. 

La finalidad de esta nueva Ley de FP es regular un régimen de formación y acompañamiento profesionales que, sirviendo al fortalecimiento, la competitividad y la sostenibilidad de la economía española, sea capaz de responder con flexibilidad a los intereses, las expectativas y las aspiraciones de cualificación profesional de las personas a lo largo de su vida y a las competencias demandadas por las nuevas necesidades productivas y sectoriales tanto para el aumento de la productividad como para la generación de empleo”. 

¿Cuáles son los retos de la Nueva Ley de Formación profesional?

El reto principal ha sido integrar de forma efectiva los dos subsistemas de FP, adecuando los niveles de cualificación de la población activa a las necesidades de los sectores productivos, mediante un sistema accesible, acumulable, acreditable y capitalizable. 

Para ello, se crea un sistema de gobernanza único, con una metodología dual, sin embargo, el que tenga carácter dual no significa que todas las formaciones sean en dicha modalidad. Se estructura en cinco grados y bajo dos regímenes (general e intensivo), en el que se pretende impulsar la formación a lo largo de la vida, a través de la formación continua y de un sistema de acreditaciones parciales y acumulables, abierto, continuo y eficaz. 

La calidad y modernización del Sistema de Formación Profesional, se pretende materializar potenciando el emprendimiento, la innovación y la sostenibilidad, todo ello, complementado con una Estrategia General de Orientación Profesional, tanto para estudiantes, como empresas y personas trabajadoras.

La diferencia entre el sistema de formación profesional de ahora y el de antes

ANTERIOR SISTEMA DE FP Subsistema FP inicial Competencias de Educación Subsistema FP para el empleo Competencias de Empleo 
Estaba dividido en dos ámbitos: educativo y laboralAMBITO EDUCATIVO 
Ministerio de Educación y Formación Profesional 
AMBITO LABORAL 
Ministerio de Trabajo y Economía Social 
Formación Reglada 
Titulación Oficial Académica 
Formación ocupacional continua 
Acreditación de competencias   
FPB, CGM, CGS, Cursos Especialización Certificados Profesionales de Niveles 1, 2 y 3 
*FPB: Formación Profesional Básica; CGM: Certificado de Grado Medio: CGS: Certificado de Grado Superior

NUEVO SISTEMA DE FPServicio de Orientación Profesional 
Se unifican los ámbitos, para Estudiantes y personas trabajadoras.

Y se establecen niveles para acceder de manera gradual.

Se entiende como una formación continua a lo largo de la vida.
A – Acreditación Parcial de Competencias 
B — Certificados de competencia 
C — Certificados de Profesionalidad Niveles 1, 2 y 3  
D —- Ciclos formativos FP Básico, Grado Medio, Grado Superior 
E —– Cursos de Especialización 

¿Cuál es la estructura del sistema de FP?

El sistema se estructura en 5 grados, de manera que cada grado es un escalón que puede conducir a un nivel de enseñanza superior. 

estructura del sistema de la Formación Profesional

¿Cuáles son los plazos de ejecución?

Este ambicioso proyecto ha requerido de un calendario de ejecución progresiva, en el que se contemplan los siguientes hitos temporales: 

  1. En el año académico 2023-2024, comenzará la implantación gradual de las ofertas de Grado D, en los términos establecidos en el artículo 40 de la Ley Orgánica. Concretamente, se implantará con carácter gradual el primer curso de los ciclos formativos, Grados D, que cada administración educativa considere, atendiendo a sus criterios de planificación. 
  1. En el año académico 2024-2025, se completará la implantación del primer curso de todos los ciclos formativos, así como se continuará con la implantación del segundo curso de aquellos que hubieran sido implantados en primer curso por las administraciones educativas en el curso precedente.  
  1. En el año académico 2025-2026, se completará la implantación del segundo curso de todos los ciclos formativos. 

Es decir, en este año académico, las administraciones educativas han comenzado a realizar las ofertas de los Grados D y, en su caso, E, con carácter dual, en régimen general e intensivo, sin perjuicio de los periodos transitorios contemplados para la adaptación del periodo de formación en empresa hasta el 31 de diciembre de 2024, y para la transición del sistema de beca a contrato de formación en el régimen de formación profesional intensiva hasta el 31 de diciembre de 2028.

20242025Abril 2026Abril 2028
Ofertas Grados D y, en su caso, EAdaptación porcentajes de formación en las empresas
31/12/2024
Adaptación oferta formativa.
Desarrollo normativo autonómico
Transición de la beca como forma contractual al contrato

¿Cuáles son las claves más importantes de la nueva Ley de Formación Profesional?

  • Mayor flexibilidad y adaptabilidad: la nueva normativa permite a los estudiantes elegir itinerarios formativos más flexibles que se ajusten a sus intereses y metas profesionales, pudiendo cursar una o varias asignaturas de los diferentes grados, personalizando su itinerario formativo. 
  • Fomento de la formación en competencias digitales: la nueva normativa promueve la inclusión de módulos específicos de formación en tecnologías de la información y la comunicación en todos los niveles de FP. 
  • Impulso a la formación dual y la colaboración empresa-educación: que permita a los estudiantes prepararse para el mercado laboral mediante una combinación de formación y práctica, estableciendo incentivos para las empresas que participen activamente en la formación de los estudiantes. Contempla dos modalidades: 
    • Régimen General: el periodo en empresa supone entre el 25 y 35% de la duración de la formación, hasta un 20% de resultados de aprendizaje en la empresa. No existe vinculación contractual y no hay obligación de remuneración.
    • Régimen intensivo: el periodo en empresa supone más del 35% de la duración de la formación, más del 30% de resultados de aprendizaje en la empresa. Obligatoria la remuneración y con vinculación contractual. En este régimen cobra especial relevancia el contrato de formación en alternancia.
  • Reconocimiento de la experiencia laboral previa: permitiendo la convalidación de ciertos módulos formativos, facilitando la reinserción y la actualización de conocimientos. 
  • La orientación al alumno cobra gran relevancia: ofreciendo a todas las personas un servicio de orientación y acompañamiento profesional que permita el diseño de itinerarios formativos individuales y colectivos, planteando la posibilidad de que los centros cuenten con Departamentos de orientación. 
  • Introducción de nuevos perfiles docentes en el ámbito empresarial: como el Personal Experto del sector productivo; el Experto senior docente; El Experto senior de empresa y el Prospector de empresas, entre otros. 
  • Impulso de las doble titulaciones en los grados D y E: que incluya en una única secuencia formativa dos ciclos formativos o dos cursos de especialización que puedan ser complementarios, ambos de grado medio o de grado superior.  
  • Internacionalización de la formación profesional: mediante el refuerzo de la enseñanza en otros idiomas, la doble titulación en dos países colaboradores o el impulso del bilingüismo con la creación del módulo técnico de lengua extranjera. 
  • Los extranjeros de países no pertenecientes a la UE que estudien una FP podrán obtener una Autorización de Residencia Temporal: a través de la figura del arraigo para la formación de un año de duración inicial. 

¿Cuáles son los siguientes pasos?

Aunque ya están muchas cuestiones encima de la mesa y se está abriendo paso este nuevo sistema, aún queda mucho camino por recorrer:

  1. La creación del Catálogo de Estándares de competencia, que vendrá a sustituir al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. 
  1. Registros Estatales de Centros de Formación, de acreditación de competencias y de FP.
  1. Elaboración de planes y estrategias, tales como el Plan de competencias en digitalización e inteligencia artificial o la Estrategia de Orientación profesional. 
  1. El desarrollo del cronograma de los aspectos que aún quedan por ejecutar. 

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