Beneficios del contrato a tiempo parcial con vinculación formativa
Novedad importante!
Desde el 1 de enero de 2019 no se podrán realizar nuevas altas de esta modalidad de contrato, ya que ha sido derogada por el Real Decreto Ley 28/2018, de 28 de Diciembre.

El contrato a tiempo parcial con vinculación formativa favorece tanto a jóvenes en búsqueda de oportunidades laborales, como a empresarios y autónomos en la contratación de profesionales.

Este tipo de contrato surgió como iniciativa para disminuir la elevada tasa de desempleo juvenil en España. Se redactó de forma que ambas partes del contrato salen beneficiadas: la inserción en el mercado laboral de los nuevos profesionales se incrementa, aumentando así la empleabilidad y la contratación de trabajadores; y las empresas que celebren este tipo de contratos obtendrán incentivos por ello, en el caso de cumplir una serie de requisitos.

¿Qué incentivos pueden alcanzar las empresas que celebren este contrato?

Las empresas y los trabajadores autónomos podrán obtener una reducción de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes correspondientes al trabajador contratado. Dichas reducciones serán: del 100% en empresas con menos de 250 trabajadores; y de un 75% en empresas de más o igual a 250 trabajadores.

Dichas reducciones se podrán aplicar durante doce meses. Además este incentivo tiene la posibilidad de prorrogarse otros doce meses siempre que el trabajador compatibilice empleo y formación.

¿Qué requisitos deben cumplir las empresas para obtener estos incentivos?

Para acogerse a esta medida, tanto empresas como autónomos, no deberán haber tomado decisiones extintivas improcedentes en los seis meses anteriores a la celebración del contrato. Además deberán mantener el nivel de empleo al menos un periodo equivalente a la duración de dicho contrato con un máximo de doce meses desde su celebración.

En el caso de incumplimiento de esta obligación se deberán reintegrar los incentivos recibidos.

Recalcar que no se considera incumplimiento en los siguientes casos:

  • Ante dimisión, muerte, jubilación o incapacidad permanente total o absoluta o gran invalidez del trabajador.
  • Extinción del contrato por causas objetivas o por despido disciplinario reconocidos como procedente.
  • Finalización del contrato al llegar a la fecha pactada o realización de obras y servicios.
  • No superación del periodo de prueba.

Fórmate con Audiolís

Es importante recordar que para acceder al contrato a tiempo parcial con vinculación formativa, y que los trabajadores puedan beneficiarse de este contrato, necesitan cumplir algunos requisitos previos.

Comparte esta información en tus redes: