Las 10 ventajas del contrato de formación
El Contrato de Formación y Aprendizaje es un tipo de contrato cuyo fin es favorecer la entrada al mercado laboral de los jóvenes mejorando su formación, alternando trabajo y estudio al mismo tiempo. El contrato para la formación tiene muchas ventajas para los trabajadores y también para las empresas, pues se trata del único contrato bonificado que permite hacer crecer la plantilla con un coste reducido.
Conseguirás un ahorro de hasta un 40% en los costes laborales totales de cada trabajador.
Confianza y seguridad en la tramitación para ti. Te ayudamos antes, durante y después del contrato
AHORRO ECONÓMICO CON EL CONTRATO DE FORMACIÓN
1. Coste 0 en Seguros Sociales en contratos formativos
- Reducción de las cuotas empresariales del 100% a la Seguridad social para empresas con hasta 250 trabajadores, es decir, la empresa paga por su empleado 0 euros.
- Reducción del 75% para las empresas con más de 250 trabajadores. La empresa paga por su empleado 27,35€/mes en 2019.
- En caso de no poder bonificarse los seguros sociales por no cumplir los requisitos exigidos por la ley, la cotización del contrato de formación es siempre fija y reducida: 134,16 euros al mes en 2019.
- Para los trabajadores, cuentan con reducción del 100% de la cuota del trabajador, una protección social total con desempleo y su correspondiente cualificación profesional a través de la formación y la obtención de un certificado de profesionalidad.
2. Coste 0 en formación*
El trabajador recibe formación relacionada con el puesto de trabajo que desarrolla en la empresa y que puede poner en práctica en la misma. Esta formación tiene un coste 0 para la empresa y para el trabajador.
* El coste de la formación mínima exigida es 100% bonificable.
Esta formación permite al trabajador conseguir un Certificado de Profesionalidad, una titulación oficial con validez en todo el territorio europeo.
3. Salario según convenio para los contratos de formación
La retribución salarial se establece según el convenio colectivo aplicable y en función del tiempo de trabajo efectivo en la empresa. Nunca podrá ser inferior -proporcionalmente – al Salario Mínimo Interprofesional, que es de 950 € en 2021. Veamos un ejemplo:
100% Jornada | 75% Jornada | 85% Jornada |
40 horas semanales | 30 horas semanales | 34 horas semanales |
950 € | 712,15 € | 807,5 € |
4. Tutorización bonificada
La empresa debe designar a un tutor laboral para apoyar y guiar al empleado con contrato de formación. Por esta labor de tutorización la empresa puede bonificarse de manera adicional hasta 80 euros mensuales, según el número de horas y el tamaño de la plantilla.
Tamaño de la plantilla | Menos de 5 trabajadores | Más de 5 trabajadores |
Bonificación mensual por trabajador | 80€/mes | 60€/mes |
¡Un momento! ¿Comparamos el AHORRO
que puede tener frente a otro contrato?
* Comparativa de ahorro realizada con el Convenio de Comercio de Málaga con una duración de 6 meses.
Obra y servicio ❌
Primer año
- Salario de dependiente: 1.068 €
- Seg. Social empresa < 250 trabajadores: 342 €
- Bonificación por tutorización: 0€
- Coste mensual para la empresa: 1.410 €
- Coste anual para la empresa: 16.931 €
Contrato de formación ✅
Primer año
- Salario de dependiente: 1.050 €
- Seg. Social empresa < 250 trabajadores: 0€
- Bonificación por tutorización: 60€
- Coste mensual para la empresa: 990 €
- Coste anual para la empresa: 11.880 €
JORNADA, DURACIONES E INCENTIVOS DEL CONTRATO DE FORMACIÓN
5. Duración 1-3 años
La duración mínima del contrato de formación es de 1 año y la máxima de 3, aunque existen convenios colectivos que fijan una duración mínima de 6 meses y distintas duraciones máximas. Todo ello con la posibilidad de realizar hasta un máximo de 2 prórrogas. El período de prueba oscila entre los 2 y los 3 meses, según número de trabajadores en la empresa o según lo establecido en convenio colectivo.
6. Jornada completa
La jornada laboral del contrato de formación será siempre a tiempo completo.
Durante el primer año
- Dedicación del 75% a trabajo efectivo.
- Dedicación del 25% a formación.
Durante el segundo y tercer año
- Dedicación del 85% a trabajo efectivo.
- Dedicación del 15% a formación.
7. Sin límite en el número de contratos
La empresa puede tener tantos contratos de formación como necesite y un trabajador puede volver a ser contratado para la formación si lo hace en una actividad laboral distinta.
8. Incentivos por transformación a indefinido
Si la empresa decide hacer indefinido al trabajador cuando éste finaliza su contrato de formación, puede beneficiarse de una bonificación en la cuota empresarial a la Seguridad Social:
- De 1.800 € anuales durante 3 años, si es mujer.
- De 1.500 € anuales durante 3 años, si es hombre.
EQUIPO JOVEN Y CON FORMACIÓN FLEXIBLE CON EL CONTRATO DE APRENDIZAJE
9. Trabajadores jóvenes
Se puede contratar a personas jóvenes de entre 16 y 24 años (inclusive) inscritas como demandantes de empleo (sin límite de edad para personas con discapacidad o en riesgo de exclusión social, siempre que sean contratadas por empresas de inserción). El trabajador puede tener titulación, siempre y cuando no esté relacionada con el puesto de trabajo para el que se le contrata.
10. Formación flexible
La formación del trabajador puede realizarse en los momentos de menor carga de trabajo de la empresa, siendo posible contar con el trabajador el mayor número posible de horas cuando más se necesite. Te mostramos algunas de las tutorías presenciales que realizamos en Audiolís:
¿Cuánto puede ahorrar tu empresa con el contrato de formación?
Descarga la infografía de contrato de formación donde verás un ejemplo práctico de cuánto puede ahorrar una empresa bajo esta modalidad contractual.

Lo contamos
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Contrato de formación para autónomos y ETT’s

PARA AUTÓNOMOS
Los profesionales autónomos pueden contratar para la formación a sus hijos menores de 25 años o a un familiar que no esté a su cargo y seguir bonificándose el 100% de las cuotas a la Seguridad Social. Y podrán compaginarlo todo con los beneficios de la tarifa plana para autónomos.
PARA ETT
Pueden beneficiarse de todas las ventajas del contrato para la formación y el aprendizaje de la misma manera que cualquier otra empresa, según el Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero.
PARA TODOS
El ahorro puede superar el 50% en los seguros sociales con respecto al resto de contratos.