Contratos de
formación 2021:
El único contrato bonificado
Los contratos de formación son la modalidad contractual por excelencia que permite a las empresas adquirir nuevo talento para formarlo según sus necesidades, ahorrando además hasta el 100% de los costes en Seguridad Social, entre otras ventajas económicas.

Requisitos del contrato de formación
Descubre los requisitos a tener en cuenta a la hora de seleccionar a un trabajador y realizar el contrato formativo:
- Que la edad esté comprendida entre 16 y 24 años y que esté inscrito como demandante de empleo.
- Que el trabajador no haya desarrollado el puesto de trabajo en la misma empresa por tiempo superior a 12 meses.
- Que el trabajador pueda tener acceso a internet y tenga unas habilidades tecnológicas básicas.
- Que la formación del trabajador se ajuste al puesto de trabajo bajo el que se va a contratar. Puedes comprobarlo desde el listado de ocupaciones y además ver un ahorro aproximado.

Ventajas del contrato de formación
- Coste 0 en Seguros Sociales: Para empresas con hasta 250 trabajadores, reducción de las cuotas empresariales del 100% a la Seguridad Social. Para empresas de más de 250, reducción del 75%.
- Salario según Convenio Colectivo, nunca inferior al SMI (950€/mes en 2020)
- Tutorización bonificada hasta 80 euros mensuales.
- Jornada completa. La duración del contrato puede ser de 1 a 3 años.
- Incentivos por transformación a indefinido de 1.800 € durante 3 años, si es una mujer, y 1.500 € si es homrbe.

Tramitación del contrato para la formación

Ventajas de los contratos de formación
Ahorra hasta un 40% de los costes laborales totales de cada trabajador. Amplía tu plantilla con trabajadores jóvenes y una formación flexible:
- Coste 0 en Seguros Sociales: Para empresas con hasta 250 trabajadores, reducción de las cuotas empresariales del 100% a la Seguridad Social. Para empresas de más de 250, reducción del 75%.
- Salario según Convenio Colectivo, nunca inferior al SMI (950€/mes en 2020)
- Tutorización bonificada hasta 80 euros mensuales.
- Jornada completa. La duración del contrato puede ser de 1 a 3 años.
- Incentivos por transformación a indefinido de 1.800 € durante 3 años, si es una mujer, y 1.500 € si es homrbe.

Formación en la empresa
Conoce el proceso formativo de tu trabajador, que estará acompañado siempre por el equipo de más de 80 docentes. Esta formación en el contrato de formación puede realizarse en los momentos de menor carga de trabajo en la empresa.

Además, ahora, por realizar tu contrato de formación con Audiolís, consigue un curso de Prevención en Riesgos Laborales sobre COVID-19 a coste cero.
¿Qué le enseñaremos?
- Aproximación a la COVID-19.
- Medidas básicas y elementos de protección
- Medidas principales propias de tu sector
- La cultura y el Coronavirus
Ocupaciones disponibles
para contratos de formación
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Ocupaciones disponibles
en contratos de formación

Centros presenciales acreditados para contratos de formación

Preguntas frecuentes de las empresas

Plan de Garantía Juvenil 2019
Al día sobre los
contratos formativos
Los únicos bonificados.
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- ¿Cómo afecta la Ley del teletrabajo al contrato de formación?
- Cotización para el contrato de formación en 2021
- ¿Cómo será el contrato de formación en 2021?
- La duración máxima de un contrato para la formación y el aprendizaje
- ¿Trabajo a turnos con un contrato de formación?
- ¿Cómo tramitar las bajas laborales en un contrato de formación?
- ¿Puede realizar trabajos nocturnos el trabajador?
- Garantizar la seguridad jurídica en el contrato formativo
Centro autorizado por el Servicio Público de Empleo Estatal
Estas ocupaciones están vinculadas a certificados de profesionalidad y nuestro catálogo aumenta día tras día con nuevas acreditaciones oficiales.

Infografías de contrato de formación
En muchas ocasiones, una imagen vale más que mil palabras. Conscientes de ello, en Audiolís hemos preparado una serie de infografías sobre distintos aspectos laborales y fiscales con el objetivo de facilitar la práctica diaria de asesorías y despachos profesionales.

Contratos de formación: Preguntas frecuentes
¿Cuántos contratos bonificados en 2021 existen?
¿Qué consecuencias tiene no realizar la formación?
Tal y como señala el artículo 16 del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual, la actividad formativa vinculada al contrato de formación es de carácter obligatorio. Pues bien, la falta de realización de las actividades formativas pueden ser consideradas como faltas al trabajo al trabajo a los efectos legales oportunos.
Si la empresa garantiza las condiciones que permitan al trabajador la correcta realización de su actividad formativa y la asistencia a las tutorías presenciales pero aun así el trabajador no hace la formación, se considerará una falta al trabajo y podrá ser motivo de despido disciplinario (Artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores), al considerar que no se estarían cumpliendo los requisitos legales del mismo.
No obstante, si el trabajador no puede realizar la formación porque la empresa no cumple con sus obligaciones contractuales como, por ejemplo, respetar la jornada estipulada, la empresa podría incurrir en una falta.
¿Existe un límite de contratos para la formación en una misma empresa?
No, las empresas pueden celebrar tantos contratos para la formación y el aprendizaje como estimen oportunos, salvo que el convenio colectivo a aplicar recoja alguna limitación al respecto.
Si a la finalización del contrato formativo decido incorporar al trabajador en mi plantilla, ¿tengo derecho a recibir algún tipo de bonificación?
Si tras el periodo de duración inicial del contrato o de las prórrogas, la empresa decide transformar el contrato de formación en indefinido, tendrá derecho a recibir una bonificación en la cuota empresarial a la Seguridad Social. En el caso de que la persona contratada sea un hombre, el importe de la bonificación será de 1.500€ anuales, por un período máximo de 3 años. Si, por el contrario, la persona contratada fuese una mujer, la empresa tendrá derecho a recibir una bonificación de hasta 1.800€ anuales, por un período máximo de 3 años.
¿Puede establecerse un período de prueba para el contrato de formación?
La empresa podrá fijar por escrito un período de prueba, con sujeción a los límites de duración que, en su caso, se establezcan en los convenios colectivos. En ausencia de pacto en convenio, la duración del período de prueba no podrá sobrepasar de 6 meses para los técnicos titulados, ni de 2 meses para el resto de trabajadores. En empresas con menos de 25 trabajadores dicho período no podrá exceder de 3 meses para los trabajadores que no sean técnicos titulados.
Una vez finalizado el contrato de formación, ¿se puede contratar al trabajador bajo la misma modalidad?
Cuando el contrato para la formación llega a su fin porque ha expirado el tiempo máximo legal establecido, la empresa no podrá volver a incorporar al trabajador bajo esta modalidad para la realización de la misma actividad laboral, pero sí para una ocupación distinta.
Quiero hacer un contrato para la formación ¿por dónde empiezo?
Ya ha decidido que el contrato para la formación y el aprendizaje es la mejor opción, ya que ofrece múltiples ventajas tanto para la empresa como para el trabajador. Así que ¿cuáles son los primeros pasos a seguir?
A. ELIJA LA OCUPACIÓN IDÓNEA
¿Cuál es su sector profesional? Tenemos las ocupaciones más demandadas dentro de los certificados de profesionalidad de comercio, administración, hostelería y servicios socioculturales.
Consulte nuestro listado completo de ocupaciones >
Tenga en cuenta que no todas las ocupaciones cuentan con un certificado de profesionalidad susceptible de impartirse en teleformación.
Llámenos al 952 10 14 94 y le ayudaremos a elegir la que mejor se ajusta a sus necesidades.
B. ¿CUMPLE MI TRABAJADOR TODOS LOS REQUISITOS?
Para realizar la formación ajustada a certificados de profesionalidad de nivel 2 y 3, los trabajadores deben cumplir unos requisitos previos de titulación. Por ejemplo, deberán tener el graduado en ESO (nivel 2) o el título de Bachiller (nivel 3).
Descubra los requisitos según el certificado de profesionalidad >
C. ¿CUÁNDO DESEA COMENZAR?
Desde enero de 2016, antes de formalizar un contrato de formación hay que solicitar una autorización de inicio de la actividad formativa. Conviene planificar con cierta antelación las necesidades de personal, ya que el Servicio Público de Empleo competente puede tardar hasta un mes en dar la autorización.
Cómo se solicita la autorización de inicio de la actividad formativa >
D. LE ACOMPAÑAMOS EN TODOS LOS TRÁMITES
En Audiolís nos encargamos de tramitar sus solicitudes de autorización de la actividad formativa de los contratos de formación. Sólo tiene que facilitarnos los datos de la empresa, del trabajador y del contrato y nosotros, como centro de formación autorizado, cursaremos la solicitud ante el Servicio de Empleo Público competente.
¿Qué requisitos han de cumplir los empleados contratados en formación?
Dependiendo del nivel del certificado relacionado con la ocupación elegida el trabajador tendrá que acreditar unos mínimos formativos:
Nivel 1. Sin requisitos previos. Si la ocupación corresponde a un certificado de nivel 1 el trabajador no deberá tener ninguna titulación previa.
EJEMPLO: Pinche de cocina, ocupación vinculada al certificado de Operaciones básicas de cocina (HOTR0108).
Nivel 2. Graduado ESO En las ocupaciones vinculadas a certificados de nivel 2, los trabajadores a contratar deberán tener al menos un título de Graduado en ESO. También pueden tener otro certificado de profesionalidad de nivel 2 o un certificado de nivel 1 que corresponda a la misma familia y área profesional. Además, también pueden ser contratados quienes cumplan los requisitos de acceso al grado medio o quienes hayan superado la prueba de acceso a la universidad.
EJEMPLO: Dependiente de comercio, ocupación vinculada al certificado de Actividades de venta (COMV0108).
Nivel 3. Título de Bachiller. Por último, para las ocupaciones vinculadas a certificados de nivel 3 es necesario que el trabajador tenga el Título de Bachiller. También pueden ser contratados para estas ocupaciones quienes tengan otro certificado de profesionalidad de nivel 3 o un certificado de nivel 2 de la misma familia y área profesional, o bien quienes hayan superado la prueba de acceso a grado superior o la prueba de acceso a la universidad.
EJEMPLO: Formador de formadores, ocupación vinculada al certificado de Docencia de la formación profesional para el empleo (SSCE0110).
Otros requisitos. Además de estas condiciones académicas, cuando la formación se imparta en la modalidad de teleformación la empresa deberá asegurarse de que el trabajador tenga acceso a internet y que cuente con las habilidades tecnológicas básicas para realizar la formacion online.
¿Es posible concentrar el tiempo dedicado a la formación?
¿Qué ocurre si el trabajador se da de baja durante el contrato de formación y aprendizaje?
EJEMPLO: Un trabajador es contratado bajo la modalidad formativa por un período total de 12 meses. Transcurridos 7 meses desde el inicio del contrato, el trabajador se da de baja durante 2 meses por incapacidad temporal. En este caso, se descontarán los 2 meses en los que dicho trabajador estuvo de baja. Por lo tanto, una vez se incorpore podrá continuar con su contrato durante 5 meses más, sin tener en cuenta las sucesivas prórrogas.
Soy autónomo, ¿Puedo contratar a mi hijo con un contrato de formación?
¿Se pueden dar de alta contratos de formación y aprendizaje a tiempo parcial?
¿Cuánto tardan en darme la autorización de inicio de la actividad formativa?
La solicitud de inicio de la actividad formativa es un trámite previo imprescindible para dar de alta un contrato de formación y debe cursarse con antelación a la fecha prevista de inicio de la actividad laboral.
Se trata de una gestión que se realiza directamente con el Servicio Público de Empleo a través de su sede electrónica.
NOVEDAD: La publicación de un nuevo modelo oficial para el Anexo I ya permite que el centro de formación pueda presentar la solicitud de inicio de la actividad formativa en estas comunidades directamente en un registro único. Esto agiliza todo el procedimiento ya que las firmas del trabajador y el representante de la empresa se incorporan al suscribir el acuerdo una vez autorizada la actividad formativa.
El plazo entre el momento de la solicitud y la resolución (favorable o desfavorable) puede variar y si no se obtiene respuesta de la Administración en el plazo de un mes se puede considerar aprobada por silencio administrativo. Es a partir de ese momento cuando se podría tramitar el contrato de formación.
¿Quiere cursar su solicitud?
Vea nuestro videotutorial para saber cómo hacerlo.
¿En qué consiste la nueva bonificación por tutorización del contrato de formación?
En los contratos de formación cuyo contenido formativo se ajusta a certificado de profesionalidad existe la posibilidad de bonificarse los costes derivados de la tutorización en la empresa, tal y como establece el artículo 8.4 de la Orden ESS/2518/2013.
La empresa podrá bonificarse hasta 40 horas mensuales por trabajador, con una dotación económica que varía en función del número de trabajadores en plantilla: será de 2 euros por hora y trabajador en las empresas menores de 5 trabajadores, y de 1,5 euros en las que tengan 5 o más trabajadores.
En el caso de que quiera acogerse a esta bonificación, la empresa deberá consignarlo mensualmente en sus boletines de cotización.
¿Qué es el módulo de alfabetización tecnológica?
Desde el año 2016, los contratos de formación están ajustado a Certificado de Profesionalidad. Como ya hemos explicado en otras ocasiones, uno de los requisitos clave para cursar dicha modalidad formativa es contar con conocimientos básicos en informática y acceso a Internet para desenvolverse a través de la plataforma online.
Con el objetivo de refrescar los conocimientos tecnológicos del alumno que se disponga a estudiar el Certificado de Profesionalidad en teleformación nace el módulo de alfabetización, un curso introductorio sobre el funcionamiento del aula virtual.
¿Cuáles son los contenidos del módulo de alfabetización?
En primer lugar, incluye la Guía del alumno, un documento que sirve de orientación al estudiante para que maneje el Campus Virtual sin dificultad alguna. De este modo, el alumno aprenderá a utilizar el contenido didáctico y a realizar entregas de tareas y actividades, así como a navegar por las diferentes unidades de aprendizaje de las que se compone el Certificado de Profesionalidad. El Campus Virtual estará disponible las 24 horas del día durante todos los días de la semana de forma que, el alumno podrá consultar información y acceder al contenido didáctico a cualquier hora y en cualquier lugar.
En segundo lugar, comprende la zona de comunicación, un área de la plataforma donde el alumno podrá relacionarse con sus tutores y compañeros para resolver dudas, compartir información de actualidad e intercambiar opiniones. En la actualidad, el área de comunicación se compone de cinco herramientas:
- Novedades.
- Dudas y consultas.
- Chat.
- Correo electrónico.
- Videoconferencias.
Además, el alumno será capaz de consultar documentación adicional esencial para su itinerario formativo, tal y como:
- Catálogo de dudas frecuentes (FAQs).
- Calendario de entrega de tareas y actividades.
- Calificaciones.
- Contenido descargable complementario a la formación.
- Enlaces de interés y recursos adicionales.
- Perfil de usuario. En este apartado, se deberán complementar los datos personales como, por ejemplo, el nombre o la situación laboral, entre otros.
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¿Qué son los contratos de formación?
Su nomenclatura oficial es “contrato para la formación y el aprendizaje” pero el paso del tiempo y la economía del lenguaje ha hecho que muchos de nosotros lo llamemos “Contratos de formación” o “contratos formativos”. Como ya hemos explicado, es un contrato que permite combinar trabajo y formación, con algunos requisitos y características, al igual que otro tipo de contratos laborales.
El contrato de formación es ideal para aquellos jóvenes que quieren iniciarse en el mercado laboral o para aquellos trabajadores que quieren aprender un nuevo oficio. Del mismo modo, es ideal para aquellos empresarios que quieren ampliar su plantilla pero sin asumir un gasto muy grande en la partida de empleados, por lo menos durante los primeros años, que todos sabemos que son los años más duros, donde el negocio comienza a despegar.
Muchas son las preguntas que surgen cuando se le comunica al empleado que a va a ser contratado bajo esta modalidad.
- Cuánto tiempo puede durar un contrato de formación
- Qué pasa si te despiden con un contrato de formación
- Cuántos contratos de formación se pueden hacer en una empresa
- ¿El contrato de formación es un contrato en prácticas?
- ¿Los autónomos pueden realizar contratos de formación?
En esta página, intentamos dar respuesta a todas las dudas que puedan surgir entre empleados y empresarios que quieren contratar.
Si necesita que le aclaremos cualquier duda al respecto, puede ponerse en contacto con nosotros en el 952 10 14 94.