Quedarse embarazada mientras estás trabajando hace que surjan una serie de dudas que quizá no sabes muy bien cómo resolver. Si a esto le sumamos que estás embarazada y con contrato de formación, las dudas no hacen más que crecer… ¿Cómo he de darme de baja y, en qué me afecta? Hoy, te resolvemos todas esas preguntas.
Si revisamos la normativa, el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, nos dice que las situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, maternidad, adopción o acogimiento, riesgo durante la lactancia y paternidad interrumpirán el cómputo de la duración del contrato para la formación y el aprendizaje.
La ley nos habla de la interrupción del contrato, pero, no menciona nada acerca de la formación. Entonces… ¿qué ocurre con esta, se interrumpe también?
La formación durante la baja por maternidad
Una de las características del contrato de formación es la combinación de formación y trabajo efectivo. En este caso, nos centraremos en los contratos formativos conducentes a la obtención de un certificado de profesionalidad. Si se da el caso de una baja por maternidad o cualquier otra que conlleve a la interrupción del cómputo de la duración del contrato, lo hará de manera completa. Esto es, interrumpirá el contrato y, con este, la formación, reanudándose el periodo formativo una vez que la trabajadora vuelva a darse de alta.
Como es comprensible, la interrupción del cómputo del contrato hará que la fecha de finalización del mismo se amplíe. Por eso, una vez que la trabajadora se vuelva a dar de alta, la empresa debe comunicar la ampliación del mismo.
Cómo darse de baja por maternidad en un contrato de formación
Que se trate de una baja por maternidad no hace que la comunicación sea diferente a las demás bajas por incapacidad temporal (IT). De hecho, la comunicación de esta se realiza del mismo modo. Por si tienes dudas sobre cómo tienes que tramitarla, vamos a enumerar los pasos que tienes que seguir:
- El primer paso que has de dar es comunicar la baja a la Seguridad Social.
- Tras la comunicación a la Seguridad Social, la empresa informa al centro de formación de esta baja, y envía la documentación pertinente al Servicio Público Estatal de Empleo (SEPE) para dejar constancia de la modificación de la planificación formativa. Para llevar a efecto esta comunicación, es necesario disponer de la copia del parte de baja.
Siguiendo este esquema y presentando la documentación correctamente, no tiene porqué haber ningún inconveniente con la baja por maternidad.
¿Tienes más dudas? Te leemos en comentarios.
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Buenas tardes, tengo un contrato de formación estoy en mi segundo año, el 24 de marzo de 2020 me aplicaron un ERTE hasta el día 11 de mayo que me han recuperado en el total de horas. Estoy embarazada y el contrato me finaliza el 31 de mayo ? Al haber tenido el erte me tiene que ampliar la fecha de finalización del contrato del tiempo que ha estado suspendido?
Gracias
Hola Isabel:
Efectivamente, tendrán que ampliarte el contrato el tiempo que haya estado suspendido.
Saludos.