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El Ayuntamiento de Málaga, a través de Promálaga, ha puesto en marcha una nueva convocatoria de subvenciones de Impulso Empresarial para que las pequeñas y medianas empresas situadas o que se vayan a implantar en el municipio de Málaga puedan solicitarla, con el fin de  promover el desarrollo tecnológico, fomentar la competitividad y la productividad, apoyar la innovación y modernización, estimular la inversión y favorecer la transformación digital. Podrán ser beneficiarios de las presentes subvenciones tanto las personas físicas como las jurídicas, siendo el importe máximo de subvención de 5.000 euros para las personas físicas y de 10.000 euros para las personas jurídicas. El plazo de presentación expira el día 28 de noviembre de 2021.

¿Quiénes puedan solicitar esta subvención?

  1. Personas físicas: se encuadran dentro de esta modalidad los empresarios individuales, emprendedores de responsabilidad limitada y sociedades civiles.
  2. Personas jurídicas: se enmarcan dentro de esta modalidad las Sociedades Limitadas, Sociedades Limitadas Nueva Empresa, Sociedades Anónimas, Sociedades Laborales, Sociedades Cooperativas de Trabajo para el Impulso empresarial.

¿Qué requisitos deben cumplir quienes soliciten esta subvención?

Los requisitos que han de cumplir quienes formulen su solicitud son:

  1. Que la actividad principal se desarrolle en el municipio de Málaga, así como que el domicilio social y fiscal estén también en el municipio de Málaga.
  2. Que la empresa haya iniciado la actividad y esté dada de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) ante Hacienda Pública y en Seguridad Social con una antigüedad máxima de 18 meses a fecha de solicitud.
  3. Que se realice una inversión mínima de 1.000 €.
  4. Que el proyecto empresarial sea viable técnica y económicamente.

El solicitante con una antigüedad superior a los 18 meses a fecha de solicitud desde la fecha de alta ene l IAE de Hacienda Pública y Seguridad Social, no puede obtener la condición de beneficiario.

¿Qué cinco ejes fundamentales tiene de finalidad esta subvención?

Estas subvenciones tienen por finalidad el desarrollo de cinco ejes fundamentales:

  1. Apoyar la creación solvente y sostenible de PYMES en la ciudad de Málaga.
  2. Fomentar la competitividad y productividad a través de apoyo financiero en adquisiciones productivas para las PYMES malagueñas.
  3. Promover el desarrollo tecnológico y contribuir a la generación de actividad empresarial en la ciudad de Málaga.
  4. Promover la innovación y modernización de las PYMES malagueñas con objeto de mejorar su productividad.
  5. Favorecer la transformación digital en las empresas malagueñas.

Realmente, el objetivo final es generar riqueza y empleo en la ciudad de Málaga.

¿Qué conceptos son subvencionables?

Sólo son subvencionables determinados gastos e inversiones que pasamos a enumerar:

A. Gastos:

  • Certificación de sistemas de gestión y productos: calidad, medioambiental, I+D+i, seguridad.
  • Adaptación e implantación de la normativa de protección de datos personales (LOPD) y adaptación del sitio web a la ley de servicios de la sociedad la información y comercio electrónico (LSSICE).

B. Inversiones:

  • Rehabilitación y adecuación del inmueble donde se vaya a desarrollar la actividad empresarial (centro de trabajo), incluidos los honorarios técnicos de redacción de proyecto, dirección de obra y estudio de seguridad y salud.
  • Adquisición de maquinaria para el centro de trabajo.
  • Instalaciones técnicas del centro de trabajo.
  • Mobiliario y equipamiento del centro de trabajo.
  • Equipos informáticos y software.
  • Diseño de la imagen corporativa. Excluidos gastos de impresión.
  • Diseño y elaboración de páginas web o portales corporativos virtuales.
  • Desarrollo de prototipos de I+D (puede incluir material y fungibles necesarios para la construcción y puesta a punto de prototipos). Se ha de aportar memoria explicativa que justifique los materiales necesarios para su desarrollo.
  • Certificación de producto. 
  • Tramitación del registro de marca, nombre comercial, patentes, modelos de utilidad, y licencias de uso. No se incluye el importe de la tasa.

Los beneficiarios de esta subvención están obligados a justificar la totalidad de los gastos e inversiones del proyecto, y no sólo la parte correspondiente a la subvención recibida, así como a realizar las actuaciones que fuesen objeto de subvención en el plazo máximo de tres meses a contar desde la notificación de la resolución definitiva de concesión de la subvención.

¿Con qué criterios se van a hacer las valoraciones?

Los criterios de valoración son:

1.- Carácter innovador.

2.- Generación de empleo.

3.- Sectores preferentes.

4.- Estar alojados en la Red Municipal de Incubadoras.

5.- Igualdad de oportunidades (mujeres, menores de 25 años, mayores de 45 años y discapacitados +33%).

Si el proyecto es viable en su aspecto técnico y económico la valoración de cada solicitud se obtendrá de  la aplicación de la siguiente tabla de criterios:

CRITERIO
DE VALORACIÓN
DESCRIPCIÓNPUNTUACIÓN MÁXINA
1. Carácter InnovadorCuando el proyecto del solicitante presente un carácter innovador, disruptivo y
diferenciador dentro de su sector. Nuevos productos/servicios, nueva tecnología aplicada
al sector, mercados internacionales.
20 puntos
2. Generación de empleoCuando la persona física solicitante o en el caso de personas jurídicas el administrador o socio trabajador se encuentre oficialmente inscrito como demandante de empleo previo a su alta.30 puntos
3. Sectores preferentesCuando la actividad principal esté comprendida en: Smart city, contenidos digitales, I+D, industrias creativas, turismo e industria.10 puntos
4. Estas alojado en la Red Municipal de IncubadorasEstar alojado en alguna de las incubadores del Ayuntamiento de Málaga.10 puntos
5. Igualdad de oportunidadesCuando la persona física o el administrador o el socio trabajador mayoritario de la persona jurídica se encuadre en alguno de los siguientes colectivos:
· Mujer
· Menor de 25 años
· Mayor de 45 años
· Discapacitados (+33%)

La suma final máxima de los criterios de valoración es de 80 puntos.

¿Quién es la entidad colaboradora?

La entidad colaboradora es la Empresa Municipal de Iniciativas y Actividades Empresariales de Málaga, S.A. – PROMÁLAGA-.

PROMÁLAGA se encargará de la gestión de las subvenciones, entrega y distribución de los fondos públicos destinados a las mismas, actuando en nombre y por cuenta del Ayuntamiento de Málaga.

¿Cuál es la cuantía de esta subvención?

El importe de la convocatoria se financiará íntegramente con las dotaciones previstas en el Presupuesto del Ayuntamiento de 2021y su concesión estará limitada a disponibilidad presupuestaria.

El porcentaje de subvención será de un 50% del proyecto de inversión y/o gasto subvencionable, con un importe máximo de subvención de 5.000 euros en caso de persona física y de 10.000 euros en caso de persona jurídica.

Comprobada la veracidad de los hechos se procederá al abono de la subvención mediante transferencia a la cuenta bancaria que facilite el beneficiario, dicho abono se realizará en un único pago.

¿Cuál es el plazo de presentación?

El plazo de presentación de las solicitudes expira el 28 de noviembre de 2021.

¿Cómo se solicita la subvención?

Las solicitudes se presentarán a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Málaga: (https://sede.malaga.eu/).

Podrá presentarse un máximo de una solicitud de subvención por beneficiario.

Junto al formulario de solicitud –ANEXO I – Solicitud de subvención de impulso empresarial para las Pymes Malagueñas, debe aportarse:

· ANEXO 1. Solicitud.

· ANEXO 2. Declaración del Proyecto de inversión

· ANEXO 3 – Declaración responsable del solicitante.

· ANEXO 4 – Declaración Expresa responsable de percepción o no de otras subvenciones.

· ANEXO 5 – Formulario para renuncias/alegaciones/reformulación/presentación de documentos.

· ANEXO 6 – Declaración sobre ausencia de conflicto de intereses del solicitante (1/2).

ANEXO 6 – Declaración sobres ausencia de conflicto de intereses del solicitante (2/2).

La Comisión Técnica tiene el plazo máximo para resolver y notificar de SEIS meses desde la fecha de cierre de la convocatoria. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiese dictado resolución expresa, las solicitudes deberán entenderse desestimadas por silencio administrativo.

Normativa aplicable

  • Acuerdo adoptado por la ILMA. Junta de Gobierno local en la sesión ordinaria celebrada el día 8 de octubre de 2021 – punto número 6.- Propuesta de aprobación de la convocatoria de Subvenciones para el impulso empresarial 2021. Ayuntamiento de Málaga – Junta de Gobierno Local – Servicio de Coordinación Jurídico – Administrativa sección de Junta de Gobierno y Órganos Ejecutivos.
  • Boletín Oficial de la Provincia de Málaga número 206 – Jueves 28 de octubre de 2021 – Convocatoria para la concesión en régimen de concurrencia competitiva de ayudas a Pymes malagueñas para la reactivación económica y el impulso empresarial, convocatoria 2021.

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Verónica Cruz

Veronica Cruz Tro

Controller Jurídica en Audiolís. Abogada experta en laboral y fiscal.