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Con la publicación en el BOE del Real Decreto 1021/2022, de 21 de diciembre, los establecimientos de comercio al por menor se ven en la necesidad de revisar sus procesos y adaptarlos a la nueva normativa vigente en seguridad alimentaria. Esta medida tiene impacto en los requisitos de higiene que deben cumplir los comercios minoristas en la producción, almacenamiento y comercialización de productos alimenticios.

La norma ha sido promovida por la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) y afecta a todos los establecimientos de comercio al por menor de alimentos: carnicerías, pescaderías, obradores, cafeterías, supermercados, bares, restaurantes… Algunos objetivos de este Real Decreto son:

  • Unificar la normativa nacional existente
  • Impulsar la economía local
  • Favorecer el comercio artesanal
  • Proteger la sostenibilidad del sistema alimentario
  • Velar por la seguridad y condiciones sanitarias en los establecimientos

10 claves de la nueva normativa de higiene y seguridad alimentaria

Como adelantábamos, esta norma es aplicable a los establecimientos de fabricación o comercio al por menor de alimentos, pequeños negocios familiares y de proximidad. A efectos del Real Decreto, los vehículos de venta ambulante, food trucks, almacenes de apoyo y las instalaciones en que se realicen operaciones de venta al consumidor final también serán considerados establecimientos de comercio al por menor.

Esto es lo que deben saber los empresarios para prepararse y afrontar las novedades:

Almacenamiento

1. Se establecen directrices sobre cómo llevar a cabo el control de las temperaturas de refrigeración y los requisitos para la congelación, descongelación y recongelación de los productos dentro del marco de la seguridad alimentaria.

2. Con el objeto de prevenir la anisakiasis, se regulan los tratamientos a los que deben someterse el pescado y los productos de pesca. Los establecimientos deberán informar a los consumidores si los alimentos han sido congelados y garantizar que están libres de anisakis.

Preparación de alimentos

3. Queda permitida la preparación de alimentos en viviendas para su comercialización. Las zonas de la vivienda privada destinadas a la actividad comercial tendrán la consideración de comercio al por menor y deberán cumplir con la normativa aplicable. La persona operadora debe estar inscrita en el registro autonómico para iniciar su actividad.

4. Se establecen medidas específicas para los alimentos elaborados con huevo, contemplándose el uso de huevo crudo y ovoproductos procedentes de establecimientos autorizados.

Etiquetado de productos

5. De manera voluntaria, los minoristas podrán indicar la expresión “ELABORADO POR” en la etiqueta del producto. También podrán hacer la mención “ELABORACIÓN PROPIA” en un cartel próximo al producto, en un listado fuera del expositor o en una zona delimitada, cuando no se presenten envasados.

6. Los alimentos preparados en viviendas deberán estar etiquetados con la fecha de elaboración e indicar la mención “elaborado en vivienda particular“.

Curso para establecimientos de comercio al por menor

Comercialización

7. Se podrán suministrar alimentos de producción propia a otros establecimientos de comercio al por menor si se cumpla con lo establecido en la normativa. El suministrador debe presentar una declaración responsable.

8. Podrán existir zonas de degustación en los establecimientos, cumpliendo con las directrices de higiene y seguridad y lo establecido en el Real Decreto.

9. Se permitirá que la clientela lleve sus propios envases a los comercios al por menor. Los establecimientos podrán reutilizar algunos de sus envases, siempre que se cumpla con la normativa correspondiente.

10. Se establece la prohibición de acceso a cualquier animal a las zonas donde se preparen, manipulen o almacenen alimentos en un comercio al por menor. El propietario del establecimiento también podrá prohibir el acceso de animales a otras zonas.  

Adicionalmente, y con el objetivo de prevenir el desperdicio alimentario, se establecen los mecanismos de donación y comercialización de alimentos con defectos que no afecten a la seguridad de los mismos.

Para asegurar la correcta adaptación a la normativa es fundamental conocerla en profundidad. Desde Audiolís contamos con cursos online que facilitan el entendimiento y aplicación de los nuevos requisitos de higiene y seguridad alimentaria marcados por las autoridades. Los programas formativos están adaptados a la normativa vigente y al mencionado Real Decreto.

La formación y capacitación del personal es clave para mantener informados los profesionales del sector, y que así puedan ejercer su actividad de forma segura. El incumplimiento de algunas de estas medidas puede suponer cuantiosas sanciones. Los cursos pueden realizarse a través de la formación continua bonificada, resultandos gratuitos tanto para la empresa como para el trabajador.

Fórmate para afrontar los nuevos cambios, proteger al consumidor y aumentar la competitividad de tu establecimiento de comercio al por menor. Contáctanos llamando al 952 101 494, enviando un mensaje a info@audiolis.com o te llamamos nosotros.

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Normativa aplicable 

Real Decreto 1021/2022, de 13 de diciembre, por el que se regulan determinados requisitos en materia de higiene de la producción y comercialización de los productos alimenticios en establecimientos de comercio al por menor

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Paola Ríos

Paola Ríos

Responsable del Dpto. de Marketing y Comunicación. Contenidos y artículos de interés relacionados con la formación y el empleo.