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La Diputación de Málaga, dentro de las proyectos destinados al fomento de la igualdad en Ayuntamientos menores de 20.000 habitantes de la provincia, subvencionará la elaboración e implantación de Planes de Igualdad Municipales.

También serán subvencionados los Programas formativos y de sensibilización para la promoción de la igualdad de género dirigidos a jóvenes, a grupos sociales o a profesionales con vinculación directa con la ciudadanía. 

Cada entidad beneficiaria sólo puede presentar un proyecto, siendo la cuantía máxima que se subvencione de 8.000 euros

Las solicitudes se podrán presentar hasta el 24 de marzo de 2023

¿Quiénes pueden ser beneficiarios de estas subvenciones? 

La Diputación de Málaga, a través de la Delegación de Igualdad, Servicios Sociales y Familias, ha fijado como beneficiarias de estas subvenciones a: 

  1. Las asociaciones de mujeres y federaciones de asociaciones de mujeres, que tengan su sede social en la provincia de Málaga y vayan a desarrollar sus proyectos en los municipios menores de 20.000 habitantes, con la finalidad de fomentar la igualdad de género. 
  1. Los Ayuntamientos menores de 20.000 habitantes de la provincia de Málaga, que integren la igualdad de género en sus políticas públicas. 

Los proyectos que inicien las asociaciones y federaciones de mujeres no podrán ser coincidentes con actuaciones que ya estén puestas en marcha por la propia Diputación, ya que los servicios planificados a favor de la ciudadanía no deberán ser duplicados. 

¿Cuántas son las líneas que se financian? 

Dos son las líneas de financiación: 

  1. Línea A: Subvenciones dirigidas a las asociaciones de mujeres y federaciones de asociaciones de mujeres. 
  1. Línea B: subvenciones dirigidas los ayuntamientos menores de 20.000 habitantes de la provincia de Málaga. 

Tanto las asociaciones de mujeres y federaciones de asociaciones de mujeres como ayuntamientos no podrán presentar más de un proyecto a subvencionar. 

¿Qué Proyectos de las asociaciones y federaciones de mujeres se subvencionan? 

Dentro de la Línea A, son tres son los proyectos generales que pueden llevarse a cabo: 

  1. Proyectos dirigidos a promover la erradicación de la violencia contra las mujeres. 
  1. Proyectos dirigidos al fomento de la participación
  1. Proyectos dirigidos a promover la igualdad de género y la diversidad

Para la Línea A se exigirá que el proyecto a realizar tenga repercusión en al menos un municipio de la provincia de población inferior a 20.000 habitantes. 

¿Qué materias deben englobar estos Proyectos subvencionados?  

Enumeramos las diferentes materias por Proyecto a ejecutar: 

  1. Proyectos dirigidos a promover la erradicación de la violencia contra las mujeres:  

  • Campañas de sensibilización y formación dirigidas a la ciudadanía.  
  • Formación en igualdad y prevención de la violencia de género a grupos de jóvenes organizados.  
  • Creación o potenciación de redes de apoyo social a mujeres, hijas e hijos víctimas o supervivientes de la violencia de género, a nivel local y/o comarcal.  
  • Formación en igualdad y prevención de violencia de género a madres y padres de centros de enseñanza.  
  • Proyectos innovadores de apoyo a las víctimas de violencia de género y sus hijas e hijos.  
  • Elaboración de materiales educativos en materia de prevención de violencia contra las mujeres (de género, sexual, doméstica, etc.).  
  • Programas formativos y de sensibilización para la promoción de la igualdad de género y prevención de las violencias machistas (de género, sexual, doméstica, etc.), dirigidos a grupos sociales o profesionales que tengan una vinculación directa con la ciudadanía. 

  1. Proyectos dirigidos al fomento de la participación: 

  • Creación o potenciación de redes entre entidades sin ánimo de lucro, asociaciones de mujeres y federaciones de asociaciones de mujeres, a través de la realización de encuentros, jornadas, u otros espacios de formación y sensibilización, análisis y reflexión. 
  • Talleres de relaciones igualitarias dirigidos a organizaciones juveniles de distintos ámbitos.  
  • Realización de actividades y campañas en torno a fechas conmemorativas de actos relacionados con la igualdad de género, como: 25 de noviembre, Día Internacional contra la Violencia hacia las Mujeres; 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer; 23 de septiembre, Día Internacional contra la Explotación y la Trata de Mujeres; 15 de octubre, Día Internacional de las Mujeres Rurales.  
  • Proyectos que contengan medidas tendentes a frenar el éxodo de las mujeres de las zonas rurales y el consecuente despoblamiento de las mismas. 

  1. Proyectos dirigidos a promover la igualdad de género y la diversidad, con los siguientes apartados: 

  • Campañas de sensibilización y/o formación para promover la igualdad de género y/o diversidad, dirigidas a la ciudadanía. 
  • Programas formativos y de sensibilización para la promoción de la igualdad de género y/o diversidad, dirigidos a grupos sociales o profesionales que tengan una vinculación directa con la ciudadanía. 
  • Proyectos para el fomento de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral y la corresponsabilidad en el hogar. 
  • Proyectos dirigidos a la orientación para el empleo, capacitación y emprendimiento. 
  • Talleres formativos dirigidos a paliar la desigualdad de las mujeres en zonas rurales como consecuencia de la brecha digital. 

¿Qué proyectos de los Ayuntamientos se subvencionan? 

Dentro de la Línea B, serán objeto de subvención los Proyectos destinados a las siguientes materias: 

Fomento de las políticas de igualdad local: 

  • Proyectos de formación y sensibilización dirigidos al personal técnico del Ayuntamiento y entidades sociales para la elaboración de planes y medidas de igualdad municipal.  
  • Acciones dirigidas a la realización de un diagnóstico con perspectiva de género de la realidad socioeconómica del municipio.  
  • Elaboración del Plan de Igualdad en el municipio.  
  • Implantación del Plan de Igualdad Municipal.  
  • Proyectos dirigidos a la evaluación de las medidas y planes de igualdad implantados.  
  • Proyectos dirigidos a la formación y la implantación de la perspectiva de género en los presupuestos municipales. 
  • Creación o potenciación de foros locales, comarcales o provinciales de participación de las asociaciones de mujeres y su coordinación.  
  • Elaboración de planes de empresa municipales. 

¿Se puede subcontratar con terceros la realización de estos Proyectos? 

Sí, la realización de estos Proyectos o actividades subvencionadas, pueden ser subcontratadas por el 100% del importe subvencionado. 

¿Qué gastos asociados a los Proyectos se subvencionan? 

Sólo serán gastos subvencionables los necesarios para realizar la actividad para la que se ha concedido la ayuda y que respondan a la naturaleza de la misma.

 

Se exigirá que estos gastos se lleven a cabo y hayan sido pagados dentro del plazo de ejecución, este plazo se corresponde con el año de aprobación de la presente convocatoria. 

La contratación de otras empresas para dar cobertura a la asistencia técnica necesaria, los alquileres de equipamientos o material fungible, la publicidad de las actividades llevadas a cabo o gastos de transporte, entre otros, se considerarán gastos subvencionables.  

¿Existen incompatibilidades con otras subvenciones? 

Tal y como indican las bases reguladoras, las Entidades y Ayuntamientos a las que se conceda esta subvención tienen la obligación de comunicar a la Delegación de Igualdad, Servicios Sociales y Familias, la obtención de otras subvenciones o ayudas económicas para la misma finalidad, que procedan  de otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales. 

Significa que, en principio serán compatibles, eso sí, siempre que el importe de las mismas, aislado o en concurrencia con otras ayudas, no supere el coste de la actividad subvencionada. 

¿Qué cuantía se subvenciona? 

La cuantía de las subvenciones se determinará en función de los Proyectos presentados y del grado de cumplimiento de los criterios y objetivos de la convocatoria que se realice, siendo el límite máximo de 8.000 euros

En atención a los criterios de valoración para la concesión de estas subvenciones, criterios técnicos hasta 80 puntos y criterios específicos hasta 20 puntos, sólo se atenderán los Proyectos que hayan obtenido una puntuación mínima de 50 puntos. 

Podrá existir un pago anticipado del 100 % de las actividades subvencionadas, siempre y cuando la Entidad beneficiaria se encuentre al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. 

¿Cuál es el plazo de presentación de las solicitudes? 

El plazo de presentación electrónica ante la Diputación de Málaga, se inicia el 06 de marzo y finaliza el 24 de marzo de 2023

¿Qué documentos deben ser aportados junto a la solicitud en la Línea A? 

Para el supuesto de la Línea A, se presentará junto al Anexo I “modelo oficial de solicitud”: 

  1. Anexo IA: memoria descriptiva del Proyecto. 
  1. Anexo IB: declaración responsable. 
  1. Anexo IC: autorización para que la Diputación compruebe el deber de cumplimiento de las obligaciones tributarias y ante la Seguridad Social. 
  1. Anexo ID: autorización a favor de la representante legal nombrada para solicitar la subvención. 
  1. Anexo IE: declaración sobre los Estatutos de la entidad o asociación en inscripción en el registro correspondiente. 

Para la justificación de la inversión llevada a cabo se exigirá: 

Anexo II: Justificación 

Anexo IIA: Declaración en la que se justifique que los gastos han financiado la actividad subvencionada. 

Anexo IIB: datos obligatorios de la memoria justificativa. 

Anexo IIC: relación clasificada de los gastos y datos económicos de la actividad subvencionada. 

¿Qué documentos deben ser aportados junto a la solicitud en la Línea B? 

Para el supuesto de la Línea B, deberán presentarse junto al Anexo I “modelo oficial de solicitud”: 

  1. Anexo IA: memoria descriptiva del Proyecto.  
  1. Anexo IB: declaración responsable. 
  1. Anexo IC: autorización para que la Diputación compruebe el deber de cumplimiento de las obligaciones tributarias y ante la Seguridad Social. 
  1. Anexo ID: autorización a favor de la representante legal nombrada para solicitar la subvención. 

Para la justificación de la inversión llevada a cabo se exigirá: 

Anexo II: Justificación 

Anexo IIA: Declaración responsable.  

Anexo IIC: relación clasificada de los gastos y datos económicos de la actividad subvencionada. 

Para ambas líneas se acompañará la declaración responsable de cumplimiento del 13.3 bis de la LGS. 

¿Y si la solitud tiene algún error? 

Si la solicitud presentada adoleciera de algún error, la Diputación otorgará el plazo de 10 días hábiles para su subsanación. En el caso de no hacerlo, se entenderá que el solicitante ha desistido de su petición. 

La concesión provisional se expondrá en el tablón de anuncios de la Diputación Provincial de Málaga, y en la página web (www.malaga.es), para que en el plazo de 10 días hábiles se hagan las alegaciones oportunas, e incluso, la reformulación de las solicitudes. 

A través de los mismos medios de publicidad, se notificará la resolución definitiva respecto de la concesión de las subvenciones. 

Esta notificación tendrá lugar dentro del plazo máximo de 6 meses a contar desde la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (BOPM – viernes 03 de marzo de 2023). 

¿Hay un plazo de ejecución del Proyecto subvencionado? 

Sí, hay un plazo para ejecutar y para justificar. 

En el anexo de la Memoria Justificativa las Entidades deben indicar una fecha de inicio de las actividades y una fecha fin de las mismas, debiendo iniciarse el Proyecto en el año de aprobación de la convocatoria, para este caso, en el año 2023. 

Si para desarrollar las actividades de consecución de la igualdad de género, las Entidades Beneficiaria/Ayuntamientos, necesitan solicitar una ampliación del plazo, podrán hacerlo siempre que esta prórroga no exceda de la mitad del plazo original. 

En caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas por los beneficiarios, se acuerdan porcentajes de reintegro de la subvención, desde un 5% por incumplimiento del plazo de justificación o un 2% por incumplir las medidas de publicidad durante la ejecución del Proyecto. 

Normativa aplicable 

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Verónica Cruz

Veronica Cruz Tro

Controller Jurídica en Audiolís. Abogada experta en laboral y fiscal.