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Las entidades privadas sin ánimo de lucro que realicen Proyectos de Igualdad y Proyectos de Acción Social, en municipios de menos de 20.000 habitantes, tendrán derecho a recibir una subvención de hasta 5.000 euros. Los Planes de Igualdad deberán ser una actividad contemplada dentro del Proyecto objeto de subvención. Las entidades interesadas pueden presentar su solicitud, a través de la sede electrónica de la Diputación de Cáceres, hasta el día 14 de marzo de 2022.

¿Cuál es el objeto de esta subvención?

El objeto es la ejecución de dos líneas de Proyectos:

  1. Línea 1. Proyectos de IGUALDAD.
  2. Línea 2. Proyectos de ACCIÓN SOCIAL.

Sólo se puede presentar una solicitud a una de las dos líneas de subvenciones.

Las entidades beneficiarias podrán recurrir a la subcontratación hasta el 50% de la subvención concedida.

¿A qué objetivos deben ir dirigidos los Proyectos de la Línea 1?

Deben ir dirigidos a:

a. Promover la igualdad de oportunidades de mujeres y hombres.

b. La sensibilización y la prevención de la violencia de género.

c. Facilitar la participación social de las mujeres.

d. Superar cualquier tipo de discriminación por razón de sexo.

Además estos proyectos deben contemplar algunas de las siguientes actividades:

  1. Acciones formativas.
  2. Jornadas.
  3. Talleres.
  4. Campañas de sensibilización en materia de igualdad de mujeres y hombres y/o prevención de la violencia contra las mujeres.
  5. Planes de Igualdad.
  6. Creación de redes.
  7. Encuentros.
  8. Conferencias.
  9. Exposiciones.
  10. Edición de materiales: carteles, dípticos, trípticos, manuales, folletos, revistas. Representaciones artísticas de diversa índole (teatrales, musicales, plásticas, etc.) que promuevan la ruptura de roles y estereotipos que perpetúan la desigualdad entre mujeres y hombres.

¿Qué objetivos deben contemplar los Proyectos de la Línea 2?

Deben contemplar objetivos de:

a. Prevención.

b. Sensibilización.

c. Formación.

d. Detección.

e. Investigación y /o asistencia a personas o grupos en situaciones de vulnerabilidad social y/o de exclusión que favorezcan actuaciones de inclusión y promoción social, políticas y acciones para garantizar la cohesión social, la promoción de la igualdad de derechos y deberes entre todas las personas y su diversidad.

Además, podrán ser objeto de subvención los Proyectos que contemplen alguna de las siguientes actividades:

  1. Actividades de prevención y detección de situaciones de riesgo social o de exclusión. Actividades dirigida a la atención de necesidades sociales de personas y familias.
  2. Actividades de fomento de redes para la inclusión sociales.
  3. Actividades socioeducativas a personas o grupos en situación de riesgo social.
  4. Actividades de fomento de la autonomía personal.
  5. Actividades de apoyo a familias cuidadoras en situación de dependencia.
  6. Actividades que promuevan la igualdad de trato y no discriminación de las personas por razón de sexo, diversidad sexual, origen, etnia, creencias, etc.
  7. Acciones para fomentar la convivencia, respeto a la diversidad y vínculos y relaciones entre la ciudadanía.
  8. Actividades de apoyo a los procesos de acogida y acompañamiento con grupos en situación de riesgo social o exclusión.
  9. Actividades de mejora de la calidad de vida de las personas con la capacidad de obrar modificada.
  10. Actividades de atención a necesidades básicas de las personas en situación de pobreza y/o vulnerabilidad.

¿Hay requisitos a cumplir para ser beneficiario de esta subvención?

Sí, las entidades beneficiarias deben cumplir algunos requisitos generales:

  1. Tener personalidad jurídica, capacidad de obrar y carecer de fin de lucro, aspectos que deben estar recogidos en sus estatutos.
  2. Tener sede o delegación permanente en algún municipio de la provincia de Cáceres y así conste en los estatutos o se acredite fehacientemente.
  3. No tener dependencia económica ni institucional de ninguna entidad lucrativa.
  4. No encontrarse incursas en ninguna prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas que se contempla en el artículo 13 de la LGS.
  5. Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social y las tributarias con Hacienda Estatal y Excma. Diputación de Cáceres.
  6. Para las entidades que soliciten la Línea 1, tener como objetivo o entre sus fines institucionales de manera expresa en sus Estatutos, la Igualdad de Oportunidades y/o Trato de mujeres y hombres.
  7. Para las entidades que solicitan la Línea 2, estar debidamente constituidas e inscritas en el Registro de Entidades y Centros de Servicios Sociales de la Junta de Extremadura correspondiente con carácter previo a la publicación de la presente convocatoria.

Además, la entidad beneficiaria estará obligada a difundir una nota informativa, indicando que el Proyecto ha sido subvencionado por la Diputación de Cáceres, y mostrar el logotipo de este Organismo en todo el material documental, página Web y/o tablón de anuncios.

¿Cómo se tramita la solicitud y qué plazo de presentación se concede?

El sistema de tramitación será exclusivamente telemático, a través de la sede electrónica de la Diputación Provincial de Cáceres:

Para poder acceder las entidades deberán identificarse electrónicamente de una forma segura, con alguno de los medios facilitados por la Diputación, es decir, la solicitud deberá ir firmada electrónicamente por quien ostente la representación legal de la entidad, mediante alguno de los sistemas de firma electrónica basados en certificados.

En todo momento se velará por la identificación correcta del solicitante, así como, por la autenticidad e integridad de los documentos electrónicos aportados.

El plazo para presentar la solicitud estará abierto hasta el día 14 de marzo de 2022.

Finalizado dicho plazo, las solicitudes serán examinadas por el Órgano Gestor.

Dicho Órgano se encargará de elaborará un Informe previo de evaluación, dónde deberá constar la acreditación de cuáles son las entidades que cumplen todos los requisitos para poder acceder a la subvención.

Finalmente, será la Comisión de Valoración la que lleve a cabo la selección de las solicitudes, con un plazo máximo de resolución y notificación que no podrá exceder de seis meses.

¿Qué documentos deben aportarse para ser entidad beneficiaria?

La entidad solicitante deberá cumplimentar todos los campos obligatorios del formulario general de la sede electrónica de la Diputación Provincial de Cáceres.

Deberá completar la siguiente información:

a. Información de la entidad solicitante y conjunto de autorizaciones y declaraciones.

b. Proyecto o programa de actividades y presupuestos de gastos de funcionamiento y/o actividades. Para ello, la entidad solicitante deberá incorporar el ANEXO I IGUALDAD o ANEXO I ACCIÓN SOCIAL de la convocatoria, según corresponda.

c. Documentación complementaria, obligatoria y opcional.

Entre la documentación a presentar, la entidad solicitante incluirá su Plan de Igualdad en vigor.

¿Qué sistema de concesión va a seguir la Diputación para la Línea 1?

La Comisión de Valoración llevará a cabo la evaluación de las solicitudes, para ello se seguirán criterios de selección basados en diferentes puntuaciones:

  1. Antigüedad acreditada en los Estatutos de los objetivos de Igualdad de Oportunidades de Mujeres y Hombres.

*de 0 a 3 años: (4 puntos); más de 3 años y hasta 7 años: (8 puntos); más de 7 años: (12 puntos).

2. Experiencia en gestión en proyectos de igualdad.

*Una actividad (2 puntos); de dos a cuatro actividades: (4 puntos); más de cuatro actividades: (6 puntos).

3. Ámbito territorial. Ubicación de sede social (de 0 a 6 puntos).

*Sede social en municipios de más de 3.000 habitantes: (2 puntos).

*Sede social en municipios de más de 1.000 habitantes y hasta 3000 habitantes: (4 puntos).

*Sede social en municipios de hasta 1000 habitantes: (6 puntos).

4. Desarrollo de actividades en materia de Igualdad de mujeres y hombres (de 0 a 6 puntos).

*Actividades del proyecto en municipios de más de 3.000 habitantes: (2 puntos).

*Actividades del proyecto en municipios de más de 1.000 habitantes y hasta 3000 habitantes: (4 puntos).

*Actividades del proyecto en municipios de hasta 1000 habitantes: (6 puntos).

5. Análisis diferenciado sobre la situaciones de mujeres y hombres en el ámbito territorial del proyecto (de 0 a 10 puntos).

6. Calidad técnica del proyecto y contribución del proyecto a la consecución de la igualdad de mujeres y hombres (de 0 a 20 puntos).

7. Duración y actividades del proyecto (de 0 a 10 puntos).

8. Enfoque de género (De 0 a 16 puntos):

*Información desagregada por sexo sobre la población destinataria, teniendo en cuenta mujeres/niñas y hombres/niños: (Hasta 1 puntos).

*Está redactado en un lenguaje inclusivo y no sexista: (Hasta 1 puntos).

*Información sobre las discriminaciones múltiples en la población destinataria del proyecto (hasta 3 puntos).

*Promueven el cuestionamiento de las desigualdades: (Hasta 5 puntos).

*La entidad tiene Plan de Igualdad en vigor y/o medidas de igualdad. (Hasta 2 puntos).

*Cuenta con representación equilibrada de mujeres y hombres en la Junta de Gobierno (4 puntos).

9. Difusión del proyecto (De 0 a 6 puntos).

*Utilización de redes sociales y/o medios de comunicación para la difusión de las actividades: (2 puntos).

*Contempla actividades concretas de difusión para la población en general (2 puntos).

*Cuenta con página web o blog, como instrumentos de comunicación y difusión de sus actividades (2 puntos).

10. Evaluación del Proyecto (De 0 a 10 puntos).

*Contempla indicadores específicos en términos de cantidad, calidad, tiempo, ubicación y grupo destinatario (De 0 a 4 puntos).

*Cuenta con indicadores de género bien definidos que permitan analizar el impacto de las intervenciones (De 0 a 3 puntos).

La puntuación mínima necesaria para que un Proyecto sea financiado será de 55 puntos.

¿Qué sistema de concesión va a seguir la Diputación para la Línea 2?

La Comisión de Valoración llevará a cabo la evaluación de las solicitudes con un sistema diferencial basado en puntos, como ocurre con la línea 1:

  1. Experiencia acreditada en proyectos de acción social (De 0 a 12 puntos).
  2. Justificación/ Necesidad del proyecto (De 0 a 8 puntos).
  3. Formulación del proyecto (De 0 a 18 puntos).
  4. Coherencia presupuestaria del proyecto (De 0 a 18 puntos).
  5. Innovación e impacto del proyecto (De 0 a 6 puntos).
  6. Duración y actividades del proyecto (De 0 a 6 puntos).
  7. Enfoque de género (De 0 a 16 puntos). *Plan de Igualdad en vigor y/o medidas de igualdad (Hasta 2 puntos).
  8. Difusión del proyecto (De 0 a 6 puntos).
  9. Evaluación del Proyecto (De 0 a 10 puntos).

Se necesitarán 55 puntos mínimos, para que el Proyecto sea financiado.

¿Cuál es el importe concedido?

El importe máximo a conceder a cada entidad beneficiaria será de 5.000 €.

Sólo los Proyectos que hayan alcanzado la puntuación mínima de 55 puntos, se subvencionarán atendiendo al límite establecido.

Se concederá el 100% del Proyecto presentado en función de la puntuación obtenida por las entidades seleccionadas a subvencionar.

Todas las subvenciones concedidas serán objeto de publicidad en la sede electrónica institucional en la dirección:

¿Hay un plazo de ejecución del Proyecto subvencionado?

Sí, el plazo de ejecución del Proyecto subvencionado será desde el 1 de enero de 2022, hasta el 31 de diciembre de 2022.

No se podrá solicita prórroga del plazo de ejecución.

Los gastos deberán ser justificados, en el plazo máximo de tres meses, hasta el 31 de marzo de 2023.

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Normativa aplicable

Subvenciones para Planes de Igualdad 2022 en otras comunidades

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Verónica Cruz

Veronica Cruz Tro

Controller Jurídica en Audiolís. Abogada experta en laboral y fiscal.