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Una de las ayudas a resaltar dentro de estas convocatorias es la del Bono Empleo Joven que el Servicio Andaluz de Empleo ha publicado en el BOJA nº 133 de 11 de julio junto con otros nuevos incentivos a la contratación para empresas, que son de aplicación desde el pasado 12 de julio de 2018. Os enumeramos a continuación las ayudas contempladas en el boletín.

? Bono de Empleo Joven

Se trata de una ayuda para aquellas empresas que incorporen a un trabajador con un contrato de formación, además de en otras modalidades contractuales, que cumpla los siguientes requisitos:

  • Tener una edad comprendida entre los 18 y los 24 años, ambos incluidos, en el momento de iniciar el contrato.
  • Estar en situación de desempleo.
  • Estar inscrito en Garantía Juvenil.
  • Tener como mínimo el título en Educación Secundaria Obligatoria (ESO).
  • La ayuda exige un mantenimiento mínimo obligatorio del contrato de al menos 12 meses.
  • Cuantía de la ayuda:
    • 6.000 euros para contratos a jornada completa.
    • 3.000 euros para contratos formalizados al menos al 50% de la jornada laboral.
  • Duración mínima del contrato: 12 meses
  • Beneficiarios:
    • Empresas, autónomos, entidades privadas sin ánimo de lucro y entidades sin personalidad jurídica que tengan su centro de trabajo en Andalucía.
  • Se incentivarán las contrataciones realizadas a partir del 10 de mayo de 2018.
  • Plazo de presentación de solicitudes:

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Bono Empleo Joven: 6.000 euros a empresas que contraten en #Andalucía a un trabajador con un #ContratoDeFormación #bonoempleo #empleojoven Clic para tuitear

 

? Ayudas a la contratación indefinida de jóvenes procedentes de un Bono de Empleo

Es una ayuda dirigida a aquellas empresas que decidan transformar en indefinidos a los trabajadores cuyo contrato haya sido anteriormente incentivado con la ayuda del Bono de Empleo Joven y siempre tras la finalización del periodo de 12 meses obligatorio correspondiente a dicho incentivo.

Esta ayuda puede solicitarse en dos supuestos:

  • Mantenimiento de un contrato inicialmente indefinido.
  • Transformación del contrato inicial en indefinido.
  • Cuantía de la ayuda:
    • 8.000 euros para contratos a jornada completa.
    • 4.000 euros para contratos formalizados al menos al 50% de la jornada laboral.
  • Duración mínima del contrato: 18 meses, a contar desde la finalización de los 12 meses obligatorios del Bono de Empleo.
  • Se incentivarán las transformaciones realizadas a partir del 10 de mayo de 2018.
  • Plazo de presentación de solicitudes:

[su_button url=”https://www.audiolis.com/wp-content/uploads/drupal/uploads/2018/07/bases_conversion_a_indefinido_del_bono_empleo_joven.pdf” target=”blank” style=”flat” background=”#0099da” size=”8″ center=”yes” radius=”0″]Ver bases completas de la ayuda[/su_button]

 

? Ayudas al Empleo Estable

Es un incentivo para aquellas empresas que promuevan la creación de empleo indefinido. Podrán beneficiarse de esta subvención:

  • Aquellas organizaciones que contraten con carácter indefinido a personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en el Servicio Andaluz de Empleo.
  • Aquellas empresas que transformen contratos de duración determinada en indefinidos, tanto a tiempo completo como a tiempo parcial, siempre que la jornada de trabajo no sea inferior a 20 horas semanales.
  • Cuantía de la ayuda:
    • 8.000 euros por cada contratación indefinida que se formalice con una persona demandante de empleo no ocupada en el SAE, o bien, por cada transformación de un contrato temporal en indefinido a jornada completa.
    • 8.800 euros si la persona contratada es un desempleado de larga duración, discapacitado, víctima de violencia de género o persona en riesgo de exclusión social, entre otros.
    • 10.000 euros cuando la contratación indefinida a jornada completa se realice por una empresa o entidad del sector industrial.
    • 4.000 euros cuando el contrato se realice a jornada parcial.
    • Otras cuantías detalladas en las bases en función de la persona contratada.

Todas estas cuantías se incrementarán un 10% cuando la persona contratada sea mujer.

  • Duración mínima del contrato: 36 meses.
  • Plazo de presentación de solicitudes:
    • Abierto desde el 12 de julio de 2018 hasta el 30 de septiembre de 2019.
    • En el Registro Electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía: https://ws109.juntadeandalucia.es/vea-web/.
    • Se deberá comunicar la contratación o transformación de forma telemática a través de Contrat@ o Gescontrat@.
    • Las empresas dispondrán de un mes desde la fecha de formalización o transformación del contrato para solicitar la ayuda.

[su_button url=”https://www.audiolis.com/wp-content/uploads/drupal/uploads/2018/07/bases_ayuda_al_empleo_estable.pdf” target=”blank” style=”flat” background=”#0099da” size=”8″ center=”yes” radius=”0″]Ver bases completas[/su_button]

 

? Ayudas a la ampliación de la jornada laboral parcial a jornada completa

En este caso, se podrán beneficiar de esta ayuda aquellas empresas que amplíen la jornada laboral de personas con un contrato de trabajo indefinido a tiempo parcial.

  • Cuantía de la ayuda:
    • 4.000 euros.
    • 5.000 euros en caso de que la actividad de la persona o empresas contratante se enmarque dentro del sector industrial.
    • Otras cuantías detalladas en las bases en función de la persona contratada.
  • Duración mínima: 36 meses desde que se produjo la ampliación de la jornada.
  • Plazo de presentación de solicitudes:
    • Abierto desde el 12 de julio de 2018 hasta el 30 de septiembre de 2019.
    • En el Registro Electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía: https://ws109.juntadeandalucia.es/vea-web/.
    • Las empresas dispondrán de un mes desde la fecha de ampliación de la jornada.

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Si quiere recibir más información sobre éstas u otras ayudas que se puedan aplicar a los trabajadores con contrato para la formación y el aprendizaje, no dude en contactar con nuestro equipo de atención al cliente en el teléfono 952 10 14 94 o a través del correo electrónico info@audiolis.com

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