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El pasado 6 de marzo se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Orden ESS/214/2018, de 1 de marzo, por la que se modifica la Orden ESS/484/2013, de 26 de marzo, que regula el Sistema de Remisión Electrónica de Datos (Sistema RED) en el ámbito de la Seguridad Social. 

Dicho sistema, vigente desde el año 1995, representa la principal plataforma de acceso a los servicios electrónicos de la Seguridad Social, por medio de la cual se realizan la mayor parte de los trámites y de las comunicaciones contempladas en el ámbito de Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), como las altas y bajas de trabajadores o la tramitación de las prestaciones de maternidad y paternidad, entre otros.
A través de la citada orden se persiguen varios objetivos. En primer lugar, se pretende ampliar el ámbito de aplicación del Sistema RED, obligando a la mayor parte de los trabajadores del Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos (RETA) a incorporarse al sistema de notificación electrónica de la TGSS. En segundo lugar, se pretenden agilizar los trámites del autónomo con la Seguridad Social.
No obstante, la incorporación al Sistema RED no será obligatoria para ciertos colectivos (Artículo 3 de la Orden ESS/214/2018):
  • Profesionales taurinos.
  • Trabajadores afiliados al Sistema Especial para Empleados del Hogar.
  • Trabajadores por cuenta propia incorporados a los grupos segundo y tercero del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.
En este sentido, los autónomos comprendidos en el ámbito de aplicación de la citada orden dispondrán hasta el próximo día 30 de septiembre para su incorporación en el Sistema RED, que podrá efectuarse a través de los medios electrónicos disponibles en la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS), o personándose en la Unidad de Atención al usuario existente en las Direcciones Provinciales de la TGSS.
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