La formación siempre es pieza clave para abordar cuestiones sociales y culturales que requieren de una acción urgente, como pueden ser la prevención y lucha contra la violencia que afecta a mujeres expuestas a discriminaciones y desventajas.
Sectores como el educativo, sanitario, sociosanitario, laboral, digital, publicitario y mediático deben fortalecer las medidas de sensibilización ciudadana y de prevención, además de establecer protocolos de identificación y de respuesta a la detección de casos de violencia sexual.
Para ello, esta nueva Ley establece medidas de formación y/o contenidos formativos que garanticen la especialización de profesionales con responsabilidad directa en la prevención y detección, en la atención integral, la protección y la propia justicia.
Dos medidas generales de protección
Dentro de nuestro sector, el de la formación, nos queremos centrar en dos de las medidas de protección enumeradas en el artículo 1.3 de la LO 10/2022 de Garantía Integral de la Libertad Sexual:
- La primera de ellas contada en el apartado b), relativa al fortalecimiento de medidas de sensibilización ciudadana y de prevención, promoviendo políticas eficaces de sensibilización y por supuesto, la formación en los ámbitos educativos, laborales, digitales, publicitarios y mediáticos.
- Y la segunda referida en el punto i), referida a garantizar la adecuada formación y capacitación de las personas profesionales que intervienen en el proceso de información, atención, detección, protección y tratamiento de las víctimas, incidiendo en los menores de edad y personas con discapacidad.
Especialización profesional a través de la formación
Para que la asistencia integral especializada y accesible a las víctimas de violencia sexual sea efectiva, hay que garantizar la especialización profesional en todas nuestras administraciones, con formación obligatoria y continua de todos los sectores:
- Docente y educativo.
- Sanitario, sociosanitario y de servicios sociales.
- Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
- Carrera Judicial y Fiscal.
- Abogacía.
- Forense.
- Penitenciario, centros de internamiento o custodia.
- Personal en el exterior.
- Acreditación de centros y títulos universitarios.
¿Qué circunstancias serán atendidas?
La asistencia integral engloba las siguientes circunstancias:
- Orientación sobre sus derechos y recursos (centros de crisis 24 horas).
- Atención médica especializada en centros sanitarios.
- Servicios de salud mental.
- Atención a necesidades económicas y laborales, de vivienda y sociales.
- Asesoramiento jurídico previo y asistencia jurídica gratuita.
- Seguimiento de sus reclamaciones de derechos.
- Asistencia personal a mujeres con discapacidad.
- Atención especializada a víctimas de violencias sexuales.
¿De quiénes se espera esta intervención?
Para dar un auxilio efectivo y que se presten los servicios esenciales, intervendrán:
- Los servicios sociosanitarios.
- El Instituto de las Mujeres.
- Los organismos de igualdad de las comunidades autónomas.
- Los servicios de información, orientación y asesoramiento especializados que se consideren necesarios (esta información será facilitada en formato accesible y comprensible adaptado a las circunstancias de edad y discapacidad).
- Los servicios de acogida y asistencia social integral (orientación jurídica, psicológica y social, con deber de atención inmediata).
- Asesoramiento jurídico 24 horas.
- Atención psicosocial inmediata (con perspectiva de género).
Es importante mencionar que estos servicios serán gratuitos y se respetará la dignidad, la confidencialidad y el derecho a la protección de datos de carácter personal de las víctimas y de terceras personas.
Esta nueva ley, también garantiza los derechos de las víctimas de violencias sexuales en una situación administrativa irregular, en igualdad de condiciones con el resto de las víctimas.
Programa marco de formación
Existe el compromiso del Ejecutivo de elaborar un “Programa marco de formación y reciclaje de los sectores profesionales” que ya hemos enumerado, incidiendo especialmente en los profesionales en ejercicio.
Todos los sectores profesionales recibirán una formación inicial obligatoria y una formación continua, principalmente aquellos que intervienen, directa o indirectamente en la prevención, detección, reparación y respuesta a las violencias sexuales.
Ámbito docente y educativo
El personal de administración, el profesorado universitario y los profesores de los ámbitos y niveles educativos no universitarios serán formados en prevención, sensibilización y detección en materia de violencias sexuales, en particular en el entorno digital, para ello se incorporarán los contenidos necesarios.
Además, las administraciones educativas competentes y las universidades impulsarán la inclusión en los planes de estudios de los títulos universitarios oficiales que conducen al ejercicio de profesiones docentes, los contenidos dirigidos a la capacitación para la prevención, sensibilización, detección y formación en materia de violencias sexuales.
Ámbito sanitario, sociosanitario y de servicios sociales
Tal y como ocurre en el ámbito docente y educativo, los planes de formación continua de las personas del Sistema Nacional de Salud y de la red de servicios sociales incluirán contenidos en materia de prevención, detección y actuación en casos de violencias sexuales, así como en el tratamiento de las víctimas de violencias sexuales y sus derechos.
En los planes de estudios de los títulos universitarios o títulos de formación profesional oficiales del ámbito de las ciencias de la salud y del ámbito de los servicios sociales en los que resulte coherente conforme a las competencias inherentes a los mismos, se incorporarán contenidos formativos sobre esta temática, impulso que debe venir de la mano de las administraciones educativas competentes y las universidades.
Ámbito de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
La labor de las administraciones públicas competentes vuelve a ser muy importante para la adopción y puesta en marcha de las medidas necesarias para garantizar la protección contra la violencia sexual:
- Serán las encargadas de garantizar que en el temario de acceso a los cuerpos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado se incluyan temas dedicados a la perspectiva de género en la función policial y a la protección integral contra las violencias sexuales.
- Se ocuparán de asegurar que tanto en la formación inicial como en la permanente se incluyan temas dedicados a la sensibilización y formación en materia de prevención, detección, sanción y erradicación de las violencias sexuales, así como en el tratamiento de las víctimas de violencias sexuales y sus derechos.
Los equipos desplazados a zonas de conflicto también recibirán formación específica.
Ámbito Judicial y Fiscal
Se incluirán temas dedicados a la igualdad entre hombres y mujeres desde la perspectiva interseccional y protección integral contra las víctimas sexuales en las siguientes Carreras:
- Ministerio de Justicia,
- Consejo General del Poder Judicial
- Fiscalía General del Estado
- Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia
- Otro personal al servicio de la Administración de Justicia.
Habrá también, formación inicial y continua sobre perspectiva de género y las obligaciones del sistema de justicia en relación a la violaciones sexuales, con especial consideración al derecho de acceso a la justicia de las mujeres, niñas, niños y adolescentes afectados por formas múltiples e interrelacionadas de discriminación.
Ámbito de la abogacía
Los cursos de especialización en violencia de género deberán actualizarse e incluir como línea de formación una específica en violencias sexuales, así lo exigirán los Colegios de la Abogacía para el ejercicio del turno de oficio.
Será fundamental, para garantizar la formación adecuada, periódica y gratuita de los letrados y procuradores encargados de asistir a las víctimas de violencias sexuales en materia de igualdad, perspectiva de género y protección integral contra todas las violencias sexuales, la colaboración de:
- Las administraciones públicas.
- El Consejo General de la Abogacía Española.
- Los Colegios de la Abogacía.
- El Consejo General de Procuradores de España.
- Los Colegios Oficiales de Procuradores.
Ámbito forense
Como venimos indicando para cada sector, en el temario de acceso al Cuerpo Nacional de Médicos Forenses se incluirán temas dedicados a la igualdad y la no discriminación por razón de género desde una perspectiva interseccional y la protección integral contra todas las violencias sexuales, de ello deberá ocuparse el Ministerio de Justicia adoptando las medidas necesarias de garantía.
Volverá a considerarse muy especialmente la situación de mujeres, niñas, niños y adolescentes afectados por formas múltiples e interrelacionadas de discriminación, para garantizar la formación adecuada de todo el personal del Cuerpo Nacional de Médicos Forenses que deban valorar estas circunstancias y los daños causados por las violencias sexuales.
La perspectiva de género y la capacitación para la identificación de las violencias sexuales se incluirán en la formación trasversal inicial y continua de los Institutos de Medicina Legal.
Ámbito penitenciario
La formación inicial y continua en perspectiva de género y respecto a la protección integral contra las violencias sexuales, se garantizará por las administraciones públicas competentes en materia penitenciaria a favor de quienes trabajan en los centros penitenciarios y de menores infractores, centros de internamiento de personas extranjeras y centros de custodia o acogida, incluidos los de estancia temporal y los de menores de edad.
Ámbito de personal en el exterior
Al personal funcionario y contratado localmente en el ámbito de la asistencia consular o en cualquier otra función en el exterior, se les facilitará el acceso a formación inicial y continua en la atención a las víctimas españolas de violencias sexuales en el extranjero, labor que garantizará el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
Acreditación de títulos universitarios
Los planes de estudio que conduzcan a la obtención de títulos universitarios oficiales en los que resulten coherentes la inclusión de contenidos en materia de igualdad de género y de prevención y erradicación de las violencias sexuales, serán evaluados, verificados y acreditados por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación o la autoridad competente del Ministerio de Educación y Formación Profesional o, en su caso, los órganos competentes de las comunidades autónomas.
La ausencia de inclusión en los itinerarios formativos de contenidos en materia de igualdad de género y de prevención y erradicación de las violencias sexuales, permitirá la emisión de un informe desfavorable motivado del órgano de verificación.
Ámbito publicitario
Aunque de forma específica el Título III no lo regula, no podemos dejar de hacer mención de la formación del personal de los medios de comunicación sobre las violencias sexuales, con el fin de que sean capacitados para informar con objetividad, con pleno respeto a la dignidad de las víctimas y su derecho a la libertad, el honor, la intimidad, la propia imagen y la protección de datos, sin estereotipos de género.
Los planes de estudio conducentes a la obtención de los títulos universitarios o títulos de formación profesional oficiales relacionados con la publicidad, incluirán contenidos dirigidos a la prevención, sensibilización y formación en materia de violencias sexuales, encargándose las administraciones educativas competentes y las universidades de impulsar esta iniciativa.
Ámbito laboral
Aquí toman un papel relevante las propias empresas, que serán las encargadas de establecer medidas a negociar con los representantes de las personas trabajadoras, para la elaboración y difusión de códigos de buenas prácticas, la realización de campañas informativas, protocolos de actuación o acciones de formación para la protección integral contra las violencias sexuales.
De este beneficio deberá disfrutar la plantilla total de la empresa con independencia de la forma de su contratación laboral, incluidos becarios y el voluntariado.
Oficinas de asistencia a las víctimas
La promoción de formación específica se hará también a favor de las Oficinas de Asistencia a la Víctima reguladas en la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito, además del refuerzo de las mismas en cuanto a medios materiales y personales necesarios para la información y acompañamiento de las víctimas de violencias sexuales.
Planes de sensibilización
El Ejecutivo pone en marcha un “Plan Estatal de Sensibilización y Prevención de la Violencia de Género con carácter permanente” que contempla un amplio programa de formación complementaria y de reciclaje de los profesionales que vayan a intervenir en estas situaciones.
El objetivo es introducir nuevas escalas de valores en el escenario social, basadas en el respeto de los derechos y libertadas fundamentales y de la igualdad entre hombres y mujeres, además de en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia, todo ello desde la perspectiva de las relaciones de género.
La publicación de esta nueva Ley Orgánica pone de manifiesto el compromiso sostenido de la Administración en la lucha contra la desigualdad por razón de género y las conductas de acoso o violencia sexual en el ámbito laboral. Se suma así a otros conjuntos de medidas que buscan dar solución a esta problemática social, como la obligatoriedad del plan de igualdad o del protocolo de acoso laboral, donde la formación y sensibilización de la plantilla también juegan un papel fundamental para su correcta implantación dentro de la organización.
Normativa aplicable
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