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Con la llegada de la tercera ola de la pandemia a causa de la COVID – 19, el Gobierno ha publicado el Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero, en el que entra en escena el ERTE 2021, la primera prórroga de los ERTES que se produce este nuevo año y que se extiende hasta el próximo 31 de mayo. Esta prórroga incluye a todos los ERTES basados en causas relacionadas con la COVID-19, es decir, los ERTES por fuerza mayor, ERTES por impedimento y ERTES por limitación. Los autónomos, a través de el presidente de ATA, Lorenzo Amor, piden prorrogar los ERTE hasta el 31 de diciembre de 2021 tras argumentar que hay 750.000 trabajadores aún acogidos a ERTE y que 470.000 autónomos reciben la prestación por cese de actividad.

Análisis jurídico realizado por Verónica Cruz, Abogada y Responsable de los Servicios Jurídicos de Audiolís

ERTE 2021 vs ERTE 2020

Vamos a analizar cuáles son las principales novedades que incluye este Real Decreto en relación a los tipos de ERTE mencionados anteriormente.

Exoneraciones a las cuotas de la Seguridad Social

Aplicables desde el 1 de febrero y hasta el 31 de mayo, en esta ocasión las exoneraciones disminuirán en la mayoría de los casos de forma progresiva conforme se vaya llegando la fecha de finalización de los ERTES.

Empresas de menos de 50 trabajadores que tengan sus actividades suspendidas:

  • Febrero: 100%
  • Marzo: 90%
  • Abril: 85%
  • Mayo: 80%

Empresas de 50 o más trabajadores que tengan sus actividades suspendidas:

  • Febrero: 90%
  • Marzo: 80%
  • Abril: 75%
  • Mayo: 70%

Empresas de menos de 50 trabajadores que desde el 01 de febrero soliciten ERTE DE IMPEDIMENTO de actividad:

  • Febrero – marzo – abril – mayo: 100%

Empresas de 50 o más trabajadores que desde el 01 de febrero soliciten ERTE DE IMPEDIMENTO de actividad:

  • Febrero – marzo – abril – mayo: 90%

Empresas de menos de 50 trabajadores que desde el 01 de febrero soliciten ERTE DE LIMITACIÓN de actividad, aplicarán la escala decreciente ya indicada:

  • Febrero: 100%
  • Marzo: 90%
  • Abril: 85%
  • Mayo: 80%

Empresas de 50 o más trabajadores que desde el 01 de febrero soliciten ERTE DE LIMITACIÓN de actividad, aplicarán la escala decreciente ya indicada:

  • Febrero: 90%
  • Marzo: 80%
  • Abril: 75%
  • Mayo: 70%

Exoneraciones especiales para las empresas que se encuadren dentro de los sectores ultraprotegidos

Aplicables tanto a las personas afectadas por ERTE como a las no afectadas que se incorporen a sus puestos de trabajo:

  • En empresas con menos de 50 trabajadores: 85%.
  • En empresas que tienen 50 o más trabajadores: 75%.

Tramitación de los ERTES

Se simplifican los procesos de tramitación de ERTES ante la Autoridad Laboral a partir del 1 de febrero, de tal modo que:

  • Las empresas que ya tienen un ERTE de impedimento o de limitación y que se vean afectadas por nuevas restricciones y medidas de contención desde el 1 de febrero, no tendrán que tramitar un nuevo expediente. Solo deberán comunicarlo a la autoridad laboral correspondiente y a la representación de los trabajadores, sin necesidad de realizar una nueva solicitud colectiva de prestaciones al SEPE.

Del mismo modo, deberá presentar una declaración responsable ante la Tesorería General de la Seguridad Social para poder aplicarse las exoneraciones correspondientes. Asimismo, será la autoridad laboral la que traslade esta comunicación a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, a efectos del desarrollo de acciones de control.

ERTES por causas económicas (ETOP)

La única novedad en relación a este tipo de ERTES es que para todos aquellos que se inicien a partir del 1 de febrero, se incluye la posibilidad de tramitar una prórroga presentando ante la autoridad laboral un acuerdo en tal sentido con la representación unitaria o sindical.

Medidas de salvaguarda del empleo

Se prorrogan hasta el 31 de mayo de 2021 las medidas de salvaguarda del empleo vigentes.

  • Compromiso de mantenimiento del empleo durante 6 meses: las empresas que, conforme a lo previsto en esta nuevo RDL 2/2021, reciban exoneraciones en las cuotas a la Seguridad Social, quedan comprometidas a un nuevo periodo de 6 meses e salvaguarda del empleo, cuyo cómputo se iniciará una vez finalizados los anteriores.

Otras medidas de protección del trabajador en ERTE

Las empresas acogidas a un ERTE y beneficiarias de las exoneraciones de las cuotas a la Seguridad Social:

  • No podrán realizar horas extraordinarias
  • No podrán externalizar su actividad
  • No podrán despedir a trabajadores por motivos relacionados con la COVID-19.
  • Se interrumpen los contratos temporales durante el periodo de duración del ERTE, incluidos los formativos, de relevo e interinidad

Por su parte, el trabajador seguirá disfrutando de los siguientes beneficios:

  • Contador cero (Actualizada la información sobre este punto en el artículo Los trabajadores en ERTE, el paro y el contador cero).
  • Prestación calculada con el 70% de la base reguladora
  • Compatibilidad entre la prestación por desempleo y la realización de un trabajo a tiempo parcial para aquellas personas que están afectadas por un ERTE y pertenecen a sectores con una reducida tasa de recuperación de actividad.
  • Situación asimilada al alta para los no beneficiarios de prestaciones por desempleo
  • Prestación extraordinaria para los trabajadores fijos-discontinuos
Dudas ERTE y consultas

Otras medidas adicionales

  • Se prorroga el Plan Me Cuida
  • Se flexibilizan los requisitos para que los jóvenes en ERTE puedan adscribirse al Sistema Nacional de Garantía Juvenil con el objetivo de mejorar su cualificación profesional, acceder a programas de formación continua y facilitar su acceso al mercado laboral.

Formación en ERTE y contratos de formación

El 16 de abril de 2021, el Gabinete de Comunicación del Ministerio de Trabajo y Economía Social publica una nota de prensa donde se remarca que Trabajo dotará con más de 3.500 millones de euros la ambiciosa reforma estructural de las Políticas Activas de Empleo (PAE). En concreto, el secretario de Estado de Empleo y Economía Social, Joaquín Pérez Rey, ha destacado que las nuevas PAE “impulsarán los encuentros entre el mundo formativo y laboral, huyendo de componentes que precarizan el mercado de trabajo“. Además, Pérez Rey ha indicado que las personas trabajadoras en ERTE serán objetivo prioritario del impulso formativo: “una oportunidad para mejorar la capacitación profesional, gobernar las transiciones, liberar tiempo formativo, y avanzar en competencias digitales”.

Por su parte, la vicepresidenta tercera y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, también ha recordado la necesidad de “mejorar y redefinir los contratos formativos” y “premiar positivamente su uso”.

#ERTE2021: nueva prórroga hasta el 31 de mayo. Información sobre exoneraciones, obligaciones y derechos de las empresas y trabajadores. #ERTE TUITEA Y DIFUNDE CONOCIMIENTO

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María José Ruiz

Maria Jose Ruiz de Audiolís

Responsable del Dpto. de Marketing y Comunicación de Audiolís, especialista en realizar contenidos de temática laboral y legal en torno al contrato de formación y otras modalidades contractuales.