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Con el Real Decreto 989/2021, de 16 de noviembre, se aprueba la concesión de ayudas directas a las Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla para llevar a cabo el programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables. Con estos bonos digitales se pretende garantizar la conectividad digital a toda la población y conseguir que desaparezca la brecha digital entre zonas rurales y urbanas, nueva causa de exclusión social, que afecta en mayor medida a los colectivos más vulnerables.

Bonos de conectividad para familias vulnerables

Que la conectividad digital llegue a todas las zonas y personas supone un gran impulso de la transformación digital, contribuyendo con ello al aumento de la productividad y la actividad económica y el impulso de la innovación y organización territorial y social.

Se establece al menos la concesión de 125.000 bonos de conectividad para personas o familias vulnerables, que deberá implementarse como plazo máximo el 31 de diciembre de 2023.

Estas subvenciones provienen de los recursos económicos del Fondo de Recuperación “Next Generation EU” y, de acuerdo con lo previsto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), se establece la agenda para la modernización y recuperación de la economía española.

¿En qué consisten estas subvenciones?

Consiste en la concesión de una subvención para la ejecución de emisión de bonos de conectividad digital (bonos digitales) para colectivos vulnerables. Será una concesión:

  • Directa,
  • De carácter extraordinario,
  • Por razones de interés público, social y económico.

¿Qué finalidad tiene el bono digital y cuál es su cuantía?

Este bono digital contribuirá a financiar la contratación de nuevos servicios de conexión a banda ancha o incremento de la velocidad de los ya contratados desde una ubicación fija con una velocidad mínima de 30 Mbit por segundo en sentido descendente, respetando el principio de neutralidad tecnológica.

El bono digital será de un importe anual de 240 euros a repartir en 12 mensualidades, aplicándose así una minoración mensual en la factura emitida por los operadores-colaboradores de este servicio de 20 euros.

Existe la limitación de concesión de un solo bono digital por persona física y por unidad familiar, que hayan sido identificadas como vulnerables, siendo independiente el número de miembros integrantes de la misma.

¿Quién puede beneficiarse de estas ayudas?

Las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla.

*Las ayudas quedan sujetas a lo dispuesto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y las beneficiarias se comprometen a ejecutar los programas en plazo y adecuándose a lo dispuesto en el Reglamento (UE) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero, incluyendo dichas obligaciones en los encargos a medios propios que realicen y medidas para prevenir, detectar, comunicar y corregir el fraude y la corrupción, prevenir el conflicto de intereses y la doble financiación.

¿Durante qué periodo estará en vigor el programa de bonos digitales?

Este programa estará en vigor desde el día siguiente al de su publicación en el BOE, es decir, desde el día 18 de noviembre de 2021 y hasta el día 31 de diciembre de 2023.

¿Qué se debe incluir en las convocatorias de los bonos digitales por parte de las comunidades autónomas y Ceuta y Melilla?

  1. NIF del beneficiario.
  2. Nombre de la persona física beneficiaria.
  3. Domicilio fiscal de la persona física.
  4. Aceptación de la cesión de datos entre las administraciones públicas implicadas para cumplir con la normativa europea de aplicación y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
  5. Declaración responsable del compromiso de cumplimento de los principios transversales que pudieran afecta establecidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Además, deberán incluir criterios que ayuden a mejorar el impacto de género, concretamente, la perspectiva de género interseccional, en el que se incluyan grupos de mujeres especialmente vulnerables:

  • Mujeres víctimas de violencia de género.
  • Mujeres con discapacidad.
  • Paradas de larga duración.
  • Familias monoparentales.
  • Mujeres mayores en hogares unipersonales.
  • Mujeres migrantes (temporeras, refugiadas y pertenecientes a minorías).

Las comunidades autónomas y Ceuta y Melilla garantizarán el cumplimiento de la obligación de etiquetado climático y digital así como del principio de “no causar daño significativo”, conforme al PRTR.

¿Cómo solicitar las ayudas?

Deberán solicitarse, a partir del 18 de noviembre de 2021, mediante escrito dirigido a la persona titular de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, en el cual se solicite y acepte de forma expresa e inequívoca las ayudas.

¿Qué debe adjuntarse con la solicitud? 

Debe aportarse certificación acreditativa de estar al corriente de las obligaciones tributarias.

Declaración de:

  • Ausencia de conflicto de interés.
  • Cesión y tratamiento de datos.
  • Compromiso de cumplimiento de principios transversales.

Aceptación expresa del cumplimiento de los hitos que figuran en el anexo I.

 ¿Qué obligaciones deben cumplir las comunidades autónomas y Ceuta y Melilla?

  1. Obligaciones de información y seguimiento.
  2. Cumplir con las instrucciones dadas por el organismo o autoridad competente.
  3. Remitir cuanta información y documentos les requiera la Secretaria de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, en el plazo máximo de 10 días desde la recepción del requerimiento.
  4. Someterse a cualquier actuación de comprobación y control financiero que pueda realizar el/los órgano/s competente/s.

Operadores-colaboradores.

Podrán ser operadores-colaboradores del programa de bonos digitales para colectivos vulnerables los operadores que presten servicios de conexión a Internet en redes de banda ancha con una velocidad de al menos 30Mbit por segundo en sentido descendente en todas o en alguna de las comunidades y ciudades de Ceuta y Melilla beneficiarias y cumpla con los demás requisitos exigidos en la legislación de telecomunicaciones.

Para poder ser colaboradores, deberán inscribirse en el Registro de operadores-colaboradores de este programa habilitado en cada comunidad autónoma y en Ceuta y Melilla, realizando una declaración responsable de estar en posesión de los títulos necesarios para la prestación de este servicio y que cumple con la velocidad de descarga requerido.

Compatibilidad de los bonos digitales.

Serán compatibles con cualquier otra ayuda de otras administraciones y programas siempre que dicha ayuda no cubra los mismos costes, conforme al principio de no duplicidad en la financiación.

Justificación por parte de las beneficiarias.

Las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla deberán presentar en el plazo máximo de 3 meses desde la fecha de concesión de bonos digitales en las sucesivas convocatorias, teniendo en cuenta la fecha límite de 31 de diciembre de 2023, la siguiente documentación:

  • Certificado que acredite la ejecución del programa y el cumplimiento de su finalidad emitido por el titular del órgano que ha percibido la subvención.
  • Expediente íntegro del encargo a medio propio debidamente foliado y sellado que garantice la integridad del mismo.
  • Memoria económica justificativa del programa.
  • Informe que acredite la veracidad y la regularidad de la documentación justificativa de la subvención, emitido por el órgano de intervención y control correspondiente.

La Secretaria de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales podrá realizar cuantas inspecciones sean precisas para comprobar y verificar el cumplimiento de las condiciones, requisitos y objetivos de estas subvenciones.

Normativa aplicable

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El Gobierno aprueba la emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables. #ayudas #conectividad #subvenciones Clic para tuitear

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Cristina Muriel

Cristina Muriel

Forma parte del equipo del Departamento de Servicios Jurídicos y está al día de toda la normativa.