Cotización a la Seguridad Social

Orden TIN/41/2011, de 18 enero, por la que se desarrollan las normas de cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional, contenidas en la Ley 39/2010 de 22 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011.

COTIZACIÓN POR CONTRATOS DE FORMACIÓN PARA EL AÑO 2.011

Artículo 43.: Cotización en los Contratos para la formación

Durante el año 2011, la cotización a la Seguridad Social y demás contingencias protegidas por los trabajadores que hubieran celebrado un contrato para la formación se efectuará de acuerdo con lo siguiente:

CONCEPTO EMPRESA
euros
TRABAJADOR
euros
TOTAL
euros
Por contingencias comunes (Formación) 30,34  6,05 36,39
Por Accidentes de Trabajo y Enfermedades

Profesionales (I.T.-2,33 /I.M.S.-1,84 )
 4,17    4,17
Fondo de Garantía Salarial  2,31    2,31
Formación Profesional  1,11  0,15  1,26
Desempleo 41,15 11,60 52,75
Total 79,08 17,80 96,88

OTROS DATOS DE INTERÉS

El Salario Mínimo Interprofesional
para el año 2011 queda fijado en 21,38 euros/día o 641,40 euros/mes (Real Decreto 1795/2010, de 30 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2011).

Base de cotización contratos de formación = 100% de la base mínima diaria.

Base mínima diaria año 2011: 24,94 euros.

  • Base de cotización año 2011 = 24,94 x 30 días = 748,20 euros
MINISTERIO DE TRABAJO BUREAU VERITAS