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ATENCIÓN: Los datos de este artículo han sido modificados para que se encuentren al día y no den lugar a equivocaciones al lector. La información desactualizada aparece en forma de texto tachado. Todas las actualizaciones están escritas en rojo y se han realizado en febrero de 2015.

Sobre la base de cotización…

En el número anterior (Ver Sabía qué 22ª parte), le informamos que a partir de primeros de diciembre, según el Boletín nº07/2013 del Sistema Red, se implementarían las modificaciones necesarias para que en el cálculo de la base reguladora de los contratos para la formación y el aprendizaje, en materia de prestaciones, se tendrá en cuenta la base mínima de cotización del Régimen General en el 100% (hasta ahora se venía aplicando el 75%).

Ponemos en su conocimiento que ya desde la semana pasada está operativa esta funcionalidad, referida a los seguros sociales del mes de noviembre, que deberán incluir la base de cotización con este nuevo cálculo.

CONSEJO

Para que no se produzcan errores deben verificar que el dato que estén pasando como base de cotización del año 2013 2015 sea de 753 756,60 euros (25,10 € 25,22 € base mínima diaria x 30 días), en las casillas 601 y 611 en el fichero de transmisión de datos.

 

 

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