El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha publicado en su web un completo manual con todos los pasos a seguir, preguntas frecuentes y posibles incidencias en el procedimiento de solicitud de autorización de inicio de la actividad formativa en los contratos para la formación y el aprendizaje.
Actualización: a partir de 2022, con el contrato formativo para la formación en alternancia, este paso ya no es necesario. Se podrá solicitar el alta inmediata del trabajador en formación.
Este trámite es una novedad desde enero de 2016, momento a partir del cual desaparece la modalidad a distancia para la formación inherente al contrato, que además se ajusta a certificado de profesionalidad para dar la posibilidad al trabajador de conseguir un título oficial.
Desde este año la Administración competente en materia de empleo debe autorizar la actividad formativa para cada contrato que se inicie. Se trata de un trámite que debe realizarse al menos con un mes de antelación a la fecha de inicio prevista para el contrato.
La mayoría de comunidades autónomas tienen firmado un convenio con el SEPE para esta gestión (excepto Canarias, Cantabria y Andalucía, donde se realiza directamente con la Administración autonómica), y por tanto deben realizar el trámite online desde la web del Servicio Estatal.
La guía publicada por el SEPE incluye los requisitos técnicos para acceder a la aplicación, cuáles son las fases por las que pasa la solicitud desde que se inicia hasta que concluye el trámite, todos los pasos a seguir para introducir los datos requeridos, el procedimiento de gestión que tiene a su disposición el usuario, las preguntas más frecuentes que pueden surgir durante el procedimiento y un glosario básico.
Además se pone a disposición del usuario un breve tutorial de uso para el buscador de ocupaciones del contrato de formación según la Clasificación Nacional (CNO). La guía está disponible para su descarga directa desde la web del SEPE, en este enlace.
Este documento puede resultar útil para familiarizarse con los pasos que se deben seguir para solicitar la autorización de inicio de la actividad formativa, pero recuerde que Audiolís se encarga de realizar el trámite por usted. Llámenos al 952 10 14 94 y le asesoraremos de manera personalizada.
El contrato de formación en 2016
El contrato de formación y aprendizaje sigue siendo en 2016 la modalidad que permite a las empresas adquirir nuevo talento para formarlo según sus necesidades, y al trabajador acceder a un mercado laboral cada vez más competitivo.
Audiolís es centro autorizado por el Servicio Público de Empleo Estatal para impartir la formación teórica, que ahora está vinculada a un certificado de profesionalidad. Gracias a esto, la persona contratada puede obtener su título oficial mientras trabaja y se forma al mismo tiempo.
En Audiolís hemos apostado por la teleformación. Nuestros alumnos de contratos para la formación aprenden a través de un completo Campus Virtual, accesible desde cualquier lugar y con total flexibilidad a la hora de organizar su estudio. Sólo hay un mínimo de horas en modalidad presencial, correspondientes a los exámenes finales para cada módulo y, en algunos casos, a tutorías que se celebrarán en alguno de nuestros más de 200 centros asociados repartidos por toda la geografía española.
Contacte con nuestros asesores a través del correo electrónico info@audiolis.com o de la línea 952 10 14 94 y empiece ya a disfrutar de las ventajas del contrato para la formación.
CONTRATO DE FORMACIÓN/CURSO DE FORMACIÓN
Buenos días, me pongo en contacto con ustedes porque me gustaría informarme sobre un tema de los contratos de formación.
En 2014 me hicieron un contrato de un año de formación en una autoescuela y tuve que realizar un curso del cual no se nada, si lo acabé, si no lo acabé…el caso es que diploma no me dieron. En ese contrato consta que no tenía estudios universitarios cuando si los tenía (Diplomada en Relaciones Laborales y Licenciada en Ciencias del Trabajo) y me pusieron como actividad laboral como Profesionales de ventas técnicos y en el grupo profesional como Comercial Formación.
Actualmente me quieren hacer otro contrato de formación en una correduría de seguros para trabajar en trámites administrativos y por lo visto, la asesoría le está poniendo problemas a la hora de hacerme el contrato de formación ya que dicen que no hay ningún curso para el contrato de formación que sea incompatible con mi carrera y el puesto de trabajo a desempeñar.
Quisera saber si eso es cierto o hay alguna manera de dar solución a esto.
Requisitos contrato de formación
Hola Estefanía:
En primer lugar, debes saber que para realizarte un contrato de formación es necesario no tener estudios previos en la ocupación que vas a desempeñar bajo ese contrato, al igual que no puedes haber estado contratada con un contrato de formación en esa misma ocupación en otra empresa. Por lo que comentas, el contrato de formación que te hicieron anteriormente fue en una ocupación totalmente distinta a la que te quieren hacer ahora, por lo que en ese aspecto no habría problema.
Habría que ver si las ocupaciones que existen en la actualidad en el sector administrativo tienen alguna incompatibilidad con tus estudios universitarios. Por existir, existen varias ocupaciones en administración pero es probable que por tus estudios ya estés capacitada para desarrollar esos puestos de trabajo, por lo que realmente sí podría existir cierta incompatibilidad. Debes tener en cuenta que el objetivo del contrato de formación es que el trabajador adquiera conocimientos teóricos y prácticos en un determinado oficio. Si esos conocimientos ya se tienen, el contrato de formación carece totalmente de sentido.
Quizás, si no han transcurrido aún 5 años desde que finalizaste tus estudios universitarios, puedan plantearse la posibilidad de hacerte un contrato en prácticas.
Un saludo y mucha suerte.