Cotización a la Seguridad Social
Orden TIN/25/2010, de 12 de enero, por la que se desarrollan las normas de cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional, contenidas en la Ley 26/2009 de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010.
COTIZACIÓN POR CONTRATOS DE FORMACIÓN PARA EL AÑO 2.010
Artículo 42.: Cotización en los Contratos para la formación
1) Durante el año 2010, la cotización a la Seguridad Social y demás contingencias protegidas por los trabajadores que hubieran celebrado un contrato para la formación se efectuará de acuerdo con lo siguiente:
| CONCEPTO | EMPRESA euros |
TRABAJADOR euros |
TOTAL euros |
| Por contingencias comunes (Formación) | 29,95 | 5,97 | 35,92 |
| Por Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales (I.T.-2,30 /I.M.S.-1,82 ) |
4,12 | 4,12 | |
| Fondo de Garantía Salarial | 2,28 | 2,28 | |
| Formación Profesional | 1,10 | 0,15 | 1,25 |
| Total | 37,45 | 6,12 | 43,57 |
2) Las retribuciones que perciban los trabajadores en concepto de horas extraordinarias estarán sujetas a la cotización adicional regulada en el artículo 5.
OTROS DATOS DE INTERÉS
El Salario Mínimo Interprofesional para el año 2010 queda fijado en 21,11 euros/día o 633,30 euros/mes (Real Decreto 2030/2009, de 30 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2010).
Base de cotización contratos de formación = 75% de la base mínima diaria.
Base mínima diaria año 2010: (24,27 + 1,49%)= 24,63 euros.
- Base de cotización año 2010 = 24,63 x 75% x 30 días = 554,18 euros
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