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Presupuestos Generales del EstadoLa Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 ha sido al fin publicada en el Boletín Oficial del Estado tras ser aprobada por el Senado el pasado lunes 26 de junio.
Entre las principales novedades destaca el aumento de las pensiones y de las cotizaciones sociales de los trabajadores autónomos, la subida del IPREM y el incremento de la oferta de empleo público.
Hacemos un análisis de lo que supone esta nueva Ley:

COTIZACIONES SEGURIDAD SOCIAL

Tipos máximo y mínimo de cotización
  • Tipo máximo: 3751,20 euros mensuales
  • Tipo mínimo: salvo disposición expresa en contrario, el tipo mínimo será el salario mínimo interprofesional vigente incrementado en un sexto:
707,60  + 117,93= 825,5 €
Bases de cotización en el Régimen General de la Seguridad Social
Las bases de cotización, según categorías profesionales y grupos de cotización, se incrementarán, a partir del día primero del mes siguiente a la entrada en vigor de la presente norma y respecto de las vigentes en 31 de diciembre de 2016, en el mismo porcentaje en que aumente el salario mínimo interprofesional.
Tipos de cotización
CONTINGENCIAS EMPRESA TRABAJADOR TOTAL
Comunes 23,60 4,70 28,30
Horas extraordinarias fuerza mayor 12 2 14
Resto horas extraordinarias 23,60 4,70 28,30
FOGASA 0,20 0,20
Formación Profesional 0,60 0,10 0,70
Cotización en los contratos para la formación y el aprendizaje
El aumento de las cuotas se ha hecho efectivo desde el 1 de enero de 2017, respecto a las cuantías vigentes a 31 de diciembre de 2016, en el mismo porcentaje en el que se incrementó el Salario Mínimo Interprofesional para este año.
CONTINGENCIAS EMPRESA TRABAJDOR TOTAL
Comunes 33,46 6,67 40,13
Por accidentes de trabajo y enfermedades 4,60 4,60
Profesionales
FOGASA 2,54 2,54
Formación Profesional 1,23 0,16 1,39
Desempleo 45,40 12,80 58,20
TOTAL 87,23 19,63 106,86
Autónomos
Si bien la Orden ESS/106/2017 congelaba las bases mínimas de cotización para los autónomos, la Ley de los Presupuestos Generales del Estado incrementa estas bases mínimas en un 3%.
Así, la base mínima queda en 919,80 euros/mes (hasta ahora, 893,10 euros/mes) y la máxima en 3.751,20 euros, la misma que para el resto de regímenes.
En relación a los autónomos, se aplaza una vez más la posibilidad de que éstos trabajen a tiempo parcial hasta el 1 de enero de 2019.

PENSIONES

Las pensiones experimentan en el año 2017 un incremento del 0,25%, al igual que el año anterior.
Limitaciones en la revalorización de las pensiones: 
El importe del incremento de las pensiones públicas no podrá suponer un valor íntegro anual superior a 36.031,80 euros (2.573,70 euros por 14 pagas).
Complementos:
Los Presupuestos Generales del Estado garantizan unos importes mínimos de pensión. Cuando la pensión o suma de pensiones a percibir, una vez revalorizadas, es inferior a esos mínimos, se reconoce, previa solicitud del interesado, un complemento económico.
Este complemento es incompatible con la percepción por el pensionista de rendimientos del trabajo, del capital o de actividades económicas y ganancias patrimoniales, de acuerdo con el concepto de rendimiento neto establecido por dichas rentas en el IRPF o que, percibiéndolos no exceda de 7.133,97 euros más el importe, en cómputo anual, de la cuantía mínima fijada para la clase de pensión de que se trate.

IPREM

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2017 incluye, por primera vez en seis años, una subida del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) del 1%. Las cifras quedarían de la siguiente forma:
  • IPREM diario: 17,93 euros
  • IPREM mensual: 537,84 euros
  • IPREM anual: 6.454,03 euros
En los supuestos en que la referencia al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) ha sido sustituida por la referencia IPREM en aplicación de lo establecido en el Real Decreto Ley 3/2004, de 25 de junio, la cuantía anual del IPREM será de 7.519,59 euros cuando las correspondientes normas se refieran al SMI en cómputo anual, salvo que expresamente excluyeran las pagas extraordinarias; en este caso, la cuantía será de 6.454,03 euros.

EMPLEO PÚBLICO

Se establece una tasa de reposición del 50% y se introduce un incremento de los sectores y administraciones que se consideran prioritarios a efectos de que, excepcionalmente en 2017, se pueda aumentar hasta el 100% la tasa de reposición.
En cuanto a las retribuciones de los funcionarios, éstas se verán incrementadas en un 1%.

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