El nuevo acuerdo laboral de ámbito estatal para el sector de la hostelería elimina la distinción entre áreas funcionales al establecer la duración máxima del contrato de formación e incluye la posibilidad de interrumpir su duración cuando se trate de actividades estacionales.
Este acuerdo se ha publicado con fecha de 21 de mayo en el Boletín Oficial del Estado y es aplicable a los contratos celebrados en todo el territorio español a partir del 1 de enero de 2015.
La duración mínima del contrato para la formación y el aprendizaje en hostelería se establece en 6 meses y el máximo en 3 años, independientemente de las áreas funcionales en las que sean contratados los trabajadores (en el anterior acuerdo, ya derogado, se establecían distintas duraciones máximas según las diferentes áreas).
Otra novedad destacable es la posibilidad de interrumpir la duración del contrato para la formación y el aprendizaje en las actividades empresariales estacionales, y por lo tanto de fraccionar su cómputo, siempre sin superar los períodos mínimos y máximos de duración ni el número máximo de prórrogas, que pueden ser hasta dos con una duración mínima de 6 meses.
La retribución de los contratos de formación, en proporción al tiempo de trabajo efectivo, será fijada en cada caso por los convenios colectivos de ámbito inferior.
El nuevo acuerdo estatal introduce una cláusula de paridad para el contrato de formación: las empresas deberán buscar una presencia equilibrada de hombres y mujeres, y por tanto cuando contraten sucesivamente a personas bajo esta modalidad deberán alternar la incorporación de hombres y mujeres, salvo imposibilidad.
Otros aspectos continúan regulándose de la misma forma que con el anterior acuierdo, como es el caso del período de prueba, que sigue siendo de un mes para el contrato de formación.
El acuerdo, cuya vigencia se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2019, es un acuerdo marco que abarca todo el territorio nacional, incluidos los trabajadores contratados en España por empresas españolas para prestar servicios en el extranjero, y siempre respetando los convenios provinciales y/o autonómicos que puedan estar vigentes.
Este acuerdo compete a todo el sector de la hostelería: servicios de hospedería (hoteles, hostales, residencias, apartamentos, etc.), servicios de comida y bebida (restaurantes, cáterin, comedores, locales de comida rápida, bares, discotecas, etc.) y todas las actividades que figuren como tal en la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE).
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Más información:
Texto completo del acuerdo laboral estatal de hostelería (PDF)
duración máxima de contrato en hostelería
Buenas tardes, hay una empresa que está valorando hacer un contrato de formación para camarero, me preguntan el tiempo máximo pero me cabe la duda de si son 2 ó 3 años debido a que el convenio que se aplican es hostelería Ciudad Real y éste dice que la duración máxima de los contratos son 2 años y no 3 cómo dice el de ámbito estatal, se pueden aplicar los 3 años en este caso???. Gracias
Duración máxima del contrato de formación
Buenas tardes Mª Ángeles,
En este caso, tu contrato tendría una duración máxima de 2 años, al aplicarse a dicho contrato el artículo 8 del Convenio de Hostelería de Ciudad Real, a pesar de que la normativa estatal establece que la duración máxima es de 3 años.
Un saludo
duracion de los contratos ya vigentes a este acuerdo
Hola
Tenemos un contrato con fecha de inicio 13.03.2014 que nos vence el dia 12 .09.2015, (18 meses) con la ocupación de camarero (hostelería).. la duración fue de 18 meses en virtud de lo establecido en el IV Acuerdo Marco de hostelería vigente en dicho momento
..
Ahora el 21.05.2015 se ha publicado el V Acuerdo Marco en el cual establece que la duración de estos contratos puede ser 3 años..¿ puedo hacer esta última prorroga hasta llegar los 3 años de duración?
En dicho Acuerdo, no hay ninguna disposición transitoria y si existe una disposición final primera que indica:
“Sustitución y derogación de los acuerdos anteriores.
Los acuerdos o pactos alcanzados en el ámbito estatal del sector de hostelería con
anterioridad al presente Acuerdo quedan derogados y enteramente sustituidos por el
presente ALEH.”
Un saludo
Duración contratos de formación hostelería
Hola, Antonio.
Sí que podría realizar esa prórroga hasta los 3 años, en virtud de la disposición final que sustituye y deroga los acuerdos anteriores, quedado sustituidos por los acuerdos del nuevo Acuerdo Laboral vigente. Si desea más información, no dude en contactar con nosotros a través del teléfono gratuito 900 10 14 94.
Un saludo.