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Hoy, martes 29 de enero ha sido publicada en el B.O.E. la Orden ESS/56/2013, de 28 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, concretamente en el artículo 44.1 del Capítulo IV. Por lo tanto, durante el año 2013, la cotización a la Seguridad Social y demás contingencias protegidas por los trabajadores que hubieran celebrado un contrato de formación y aprendizaje se efectuará de acuerdo a la siguiente tabla:

Cotización por contratos para la formación y el aprendizaje (Actualizado a 29/01/2013)
Concepto Empresa

euros

Trabajador

euros

Total

Euros

Por contingencias comunes (Formación) 30.52 € 6.09 € 36.61 €
Contingencias profesionales IT 2.35 € 2.35 €
Contingencias profesionales ISM 1.85 € 1.85 €
Fondo de Garantía Salarial 2.32 € 2.32 €
Formación Profesional 1.12 € 0.15 € 1.27 €
Desempleo 41.42 € 11.67 € 53.09 €
TOTAL 79.58 € 17.91 € 97.49

El Salario Mínimo Interprofesional para el año 2013 queda fijado en 21,51 euros/día o 645,30 euros/mes (Real Decreto 1717/2012, de 28 de diciembre, por el que se fija el Salario Mínimo Interprofesional para 2013).

Base mínima diaria año 2013: 25,10 euros.

Base de cotización para el año 2013 = 25,10 € x 30 días = 753 euros mensuales.

En este artículo encontrarás toda la información actualizada sobre la cotización para el contrato de formación en alternancia 2022.

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